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TSJ

AS/0113/2009

Tribunal Supremo de Justicia
17 de marzo de 2009Social 1eraMag. Beatriz Sandoval
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2009

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 132/04

AUTO SUPREMO Nº 113 - Coactivo Fiscal Sucre, 17 de marzo de 2009.

DISTRITO: La Paz

PARTES: Dirección General de Aduanas c/ Mauro Cuellar Caballero

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VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 163-164, interpuesto por Javier Otto Roger Alba Braun, apoderado de la Aduana Nacional, contra el Auto de Vista Nº 151/04 de 28 de mayo de 2004, cursante a fs. 159, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso coactivo fiscal seguido por la entidad que representa el apoderado recurrente contra Mauro Cuéllar Caballero; el auto de fs. 167que concede el recurso, el dictamen fiscal de fs. 170-171, los antecedentes del proceso; y

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso coactivo fiscal a demanda de la Aduana Nacional con base a los Informes de Auditoria Interna Nos. B049/93, B057/93 y B027/94, la Jueza Primero Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario del Departamento de La Paz pronunció la Sentencia Nº 039/2002 de 18 de septiembre de 2002 (fs. 107-109), declarando probada la demanda coactivo fiscal interpuesta por el Director General de Aduanas contra Mauro Cuéllar Caballero por la suma de $us. 2.500.-, por concepto establecido en el inc. h) del art. 77 de la ley del Sistema de Control Fiscal; en consecuencia dispuso girar Pliego de Cargo contra el coactivado por el referido monto, más intereses legales y costas procesales de conformidad a la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal; asimismo determinó, mantener las medidas precautorias adoptadas en su contra en función del art. 11 de la mencionada disposición legal.

En grado de apelación, deducida por el coactivado Mauro Cuellar Caballero, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz emitió el Auto de Vista Nº 151/04 de 28 de mayo de 2004, cursante a fs. 159, por el que se anula obrados con reposición hasta fs. 79 inclusive.

Que, contra el Auto de Vista de 28 de mayo de 2004, la Aduana Nacional interpone recurso de casación en la forma (fs. 163-164), expresando que el Tribunal de alzada anuló obrados con el fundamento de que no se habría sorteado la causa amparado en el art. 123 de la L.O.J., argumento falso -indica el recurrente- ya que no se trata de una demanda nueva sino que la acción fue iniciada ante el Sub- Contralor y Juez Coactivo de Primera Instancia de la ciudad de La Paz, autoridad que emitió la Nota de Cargo Nº 167/94 de fs. 59; que luego, por orden del Reglamento de 22 de marzo de 1995, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso que los procesos coactivos fiscales que se tramitaban en la Contraloría pasen a conocimiento y sustanciación de los juzgados en Materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria de los respectivos distritos judiciales, por lo que solicita, incongruentemente, la casación del auto de vista recurrido y que, fallando en el fondo, se confirme la sentencia de primera instancia, con costas.

CONSIDERANDO II: Que así interpuesto el recurso corresponde analizar los fundamentos con base a los antecedentes del proceso, de donde se tiene:

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Datos del proceso

Demandante
Dirección General de Aduanas
Demandado
Mauro Cuellar Caballero
Magistrado relator
Beatriz Sandoval
Tribunal Supremo de Justicia17 de marzo de 2009AS/0113/2009Fuente oficial