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TSJ

AS/0113/2019-CA

Tribunal Supremo de Justicia
31 de julio de 2019Social 1era
Proceso
Contenciosa Administrativa
Sala
Social 1era
Año
2019

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 113-CA

Sucre, 31 de julio de 2019

Expediente: 172/2019-CA

Demandante: Compañía Boliviana de Energía Eléctrica S.A. Bolivian Power Company Limited Sucursal Bolivia

Demandado: Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social

Proceso: Contenciosa Administrativa

Distrito: La Paz

Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán

VISTOS: La demanda contenciosa administrativa de fs. 39 a 52 y vta., interpuesta por José Gualberto Villarroel Román apoderado de los representantes legales de la Compañía Boliviana de Energía Eléctrica S.A. Bolivian Power Company Limited Sucursal Bolivia, contra el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; los antecedentes adjuntos a la misma, y;

I. ANTECEDENTES:

De la compulsa de los antecedentes remitidos a este Tribunal, se tiene que el 6 de diciembre de 2018, la Jefatura Departamental de Trabajo La Paz, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, emitió la Conminatoria de Cumplimiento J.D.T.L.P.//RAAM/No. 013/2018 de fs. 17 a 20, que conminó a la Compañía Boliviana de Energía Eléctrica S.A. Bolivian Power Company Limited Sucursal Bolivia, la restitución de los descuentos efectuados al Dirigente Sindical Guillermo Condori Barrera.

Contra la referida conminatoria, la Compañía Boliviana de Energía Eléctrica S.A. Bolivian Power Company Limited Sucursal Bolivia, interpuso recurso de revocatoria, emitiendo la Jefatura Departamental de Trabajo La Paz, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, la Resolución Administrativa N° 037/19 de 21 de enero de 2019 (Resolución del recurso de revocatoria), que confirmó la resolución impugnada.

Contra la citada resolución administrativa, la Compañía Boliviana de Energía Eléctrica S.A. Bolivian Power Company Limited Sucursal Bolivia, interpuso recurso jerárquico, emitiendo el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, la Resolución Ministerial No. 386/19 de 3 de mayo de 2019, que confirmó la Conminatoria de Cumplimiento J.D.T.L.P.//RAAM/No. 013/20186 de diciembre de 2018 y la Resolución Administrativa N° 037/19 de 21 de enero de 2019.

Contra la Resolución Ministerial No. 386/19 de 3 de mayo de 2019, la Compañía Boliviana de Energía Eléctrica S.A. Bolivian Power Company Limited Sucursal Bolivia, presentó demanda contenciosa administrativa, solicitando se declare NULA la Conminatoria de Cumplimiento J.D.T.L.P.//RAAM/No. 013/20186 de diciembre de 2018, debiendo la Jefatura Departamental de Trabajo La Paz, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, declinar competencia ante el Juez en materia del trabajo y si decidiesen ingresar al fondo de la controversia, REVOCAR la Resolución Ministerial No. 386/19 de 3 de mayo de 2019.

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS:

Doctrina aplicable al caso.

La Ley Nº 2341, Ley de Procedimiento Administrativo (en adelante LPA), dispone que su objeto, es establecer las normas que regulan la actividad administrativa y el procedimiento administrativo del sector público; asimismo, regula la impugnación de actuaciones administrativas que afecten derechos subjetivos o intereses legítimos de los administrados.

El art. 2 de la LPA, define que el ámbito de su aplicación, es la Administración Pública, encontrándose conformada por el ahora Órgano Ejecutivo, que comprende las administraciones: nacional, departamentales, entidades descentralizadas o desconcentradas, sistemas de regulación, Gobiernos Municipales y Universidades Públicas.

Asimismo, el art. 3 de la misma LPA, generaliza la aplicación de la ley a todos los actos de la administración pública, salvo excepción contenida en ley expresa, y exime de sus normas a los siguientes actos: del Gobierno, referidas a las facultades de libre nombramiento y remoción de autoridades, del Defensor del Pueblo, del Ministerio Público; los regímenes agrario, electoral, del Sistema de Control Gubernamental, los procedimientos internos policiales y militares; y finalmente, los actos regulados por normas de derecho privado, aún, cuando fueren de la administración pública.

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Datos del proceso

Demandante
Compañía Boliviana de Energía Eléctrica S.A. Bolivian Power Company Limited Sucursal Bolivia
Demandado
Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
Proceso
Contenciosa Administrativa
Tribunal Supremo de Justicia31 de julio de 2019AS/0113/2019-CAFuente oficial