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TSJ

AS/0114/2006

Tribunal Supremo de Justicia
20 de abril de 2006Penal IIMag. Rosario Canedo Justiniano
Proceso
Sala
Penal II
Año
2006

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO: Nº 114 Sucre 20 de abril de 2006

DISTRITO: La Paz.

PARTES: Paz Felipe Mariaca Carrasco y otra c/ Egberto Delgadillo Alvarez

Despojo.

MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano

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VISTOS: El recurso de casación de fojas 132 a 133 vuelta, interpuesto por Egberto Delgadillo Alvarez, impugnando el Auto de Vista Nº 03/05 de 5 de enero de 2005 cursante de fojas 128 a 129 de obrados, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Paz Felipe Mariaca Carrasco contra el recurrente, por la comisión del delito de despojo, incurso en la sanción del artículo 351 del Código Penal, sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas y:

CONSIDERANDO: Que luego de la aplicación de los artículos 375 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, el Juez Primero de Partido y de Sentencia de la ciudad de El Alto, pronunció la Sentencia Condenatoria Nº 264/2004, declarando al imputado Egberto Delgadillo Alvarez autor y culpable del delito de despojo, sancionado y previsto por el articulo 351 del Código Penal, condenándole a cumplir una pena de reclusión de tres años en el recinto penitenciario de San Pedro de la ciudad de La Paz, mas el pago de costas, daños y perjuicios a ser calificados en ejecución de autos.

Que contra esta resolución tanto el imputado Egberto Delgadillo Alvarez, cuanto el acusador particular Paz Felipe Mariaca Carrasco, formularon recurso de apelación restringida, que fueron resueltos mediante el Auto de Vista Nº 03/05 de 5 de enero de 2005, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declarando en primer término admisibles las apelaciones restringidas deducidas a fojas 111 a 113 y 116 a 117, para luego determinar la improcedencia de ambos recursos confirmando la sentencia condenatoria con la modificación de la pena impuesta a tres años y seis meses de reclusión en el mismo recinto penitenciario mencionado por el A-quo.

CONSIDERANDO: Que el imputado Egberto Delgadillo Alvarez, mediante memorial de fojas 132 a 133 vuelta, formuló Recurso de Casación, impugnando la resolución del Tribunal de Apelación, recurso que fue admitido por Auto Supremo Nº 119 de 20 de abril de 2005 cursante a fojas 140 y vuelta de obrados, determinado de esta manera el Tribunal Supremo abrir su competencia para la resolución del recurso, por lo que se debe ingresar al análisis correspondiente dentro del marco establecido por el articulo 3 de la Ley Nº 1970 para dar aplicación al articulo 419 de la Ley citada.

Que el recuso en análisis en lo principal de su fundamento refiere que el Juez Primero de Partido y de Sentencia de la ciudad de El Alto no habría efectuado una adecuada valoración de la prueba, que esta es insuficiente como para pretender adecuar su conducta al tipo penal descrito por el artículo 351 del Código Penal, situación que dio lugar a la presencia del defecto previsto en el artículo 370 inciso 6) del Código de Procedimiento Penal. Afirma el recurrente que el Auto de Vista al resolver los recursos de apelación restringida no hizo una correcta fundamentación, lo que implica la presencia de un defecto absoluto prescrito en el artículo 169 inciso 3) del Código de Procedimiento Penal, a más de que esta falta de fundamentación se constituye en una violación a la garantía constitucional del debido proceso, pues toda resolución debe contener la fundamentación de su resolución sea en cualquier sentido.

Que fundamentado así el recurso en estudio, efectuada la valoración conjunta con los fundamentos de la resolución recurrida, corresponde al Supremo Tribunal analizar si durante la sustanciación de la causa se habrían producido violaciones contra el debido proceso que devengan en defectos absolutos de procedimiento insubsanables o defectos de la sentencia, conforme disponen los artículos 169 y 370 del Código de Procedimiento Penal, para de esta manera, aplicar las medidas de saneamiento previstas por ley.

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Datos del proceso

Demandante
Paz Felipe Mariaca Carrasco y otra
Demandado
Egberto Delgadillo Alvarez
Magistrado relator
Rosario Canedo Justiniano
Tribunal Supremo de Justicia20 de abril de 2006AS/0114/2006Fuente oficial