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TSJ

AS/0114/2019-RA

Tribunal Supremo de Justicia
12 de febrero de 2019CivilMag. Juan Carlos Berrios Albizu
Proceso
Rescisión por lesión.
Sala
Civil
Año
2019

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 114/2019-RA

Fecha: 12 de febrero de 2019

Expediente: B-3-19-S

Partes: Florentina Fernández Salazar c/ Diego Condo Huanca.

Proceso: Rescisión por lesión.

Distrito: Beni

VISTOS: El recurso de casación de fs. 217 a 232, interpuesto por Diego Condo Huanca; contra el Auto de Vista Nº 215/2018 de 20 de noviembre, cursante de fs. 210 a 212 vta., pronunciado por la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro del proceso ordinario de rescisión por lesión, seguido por Florentina Fernández Salazar contra el recurrente; el Auto de concesión del recurso de casación de fecha 16 de enero de 2019, cursante a fs. 239; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO.

1. En base al memorial de demanda de fs. 44 a 45, se inició el proceso de rescisión por lesión, dirigida contra Diego Condo Huanca, quien contestó a la demanda de fs. 79 y vta.; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nº 04/2018 de fs. 170 a 173, donde el Juez de la causa (Público, Mixto Civil y Comercial y de Familia Nº 1 de Guayaramerin), declaró PROBADA la demanda, disponiendo la recisión del contrato de transferencia por lesión enorme, contenida en la Escritura Pública Nº 105/2018.

2. Resolución de primera instancia, que al haber sido recurrido en apelación por Diego Condo Huanca de fs. 176 a 187 vta., la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, emitió el Auto de Vista N° 215/2018 de 20 de noviembre, (fs. 210 a 212 vta.), por la que CONFIRMÓ totalmente la sentencia, con costas.

3. Falló de segunda instancia, que fue recurrido en casación por Diego Condo Huanca de fs. 217 a 232, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN.

En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho para su viabilidad y procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos en nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y ante la vigencia plena de la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación, considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 y los requisitos establecidos en los art. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada Ley.

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Datos del proceso

Demandante
Florentina Fernández Salazar
Demandado
Diego Condo Huanca.
Proceso
Rescisión por lesión.
Magistrado relator
Juan Carlos Berrios Albizu
Tribunal Supremo de Justicia12 de febrero de 2019AS/0114/2019-RAFuente oficial