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TSJ

AS/0114/2021-RA

Tribunal Supremo de Justicia
17 de febrero de 2021Civil
Proceso
Disolución y liquidación de sociedad comercial.
Sala
Civil
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 114/2021-RA.

Fecha: 17 de febrero de 2021

Expediente: O-9-21-S.

Partes: Edwin Elar Portugal León c/ Tito Secko Gonzales.

Proceso: Disolución y liquidación de sociedad comercial.

Distrito: Oruro.

VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Tito Secko Gonzales representado legalmente por Saúl Alandia Salazar (fs. 498 a 500 vta.) y por Hugo Secko Gonzales (fs. 501 a 504), contra el Auto de Vista N° 257/2020 de 4 de diciembre cursante de fs. 488 a 495 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro el proceso de disolución y liquidación de sociedad comercial, seguido por Edwin Elar Portugal León contra el recurrente, la contestación de fs. 508 a 509 vta., el Auto de concesión N° 08/2021 de 15 de enero a fs. 511, todo lo inherente del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Mediante memorial de fs. 65 a 67, aclarado de fs. 93, 116, 125 y vta., 187 y vta., Edwin Elar Portugal León interpuso demanda de disolución y liquidación de sociedad comercial contra Tito Secko Gonzales, quien una vez citado, contestó la demanda y planteó excepciones de incompetencia y de personería en el demandante de fs. 245 a 246 vta., desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 32/2020 de 6 de julio, cursante de fs. 403 a 411 vta., por la que el Juez Público Civil y Comercial Nº 6 de Oruro, declaró: PROBADA la demanda, en consecuencia, dispuso se proceda a la liquidación de la empresa, debiendo designarse perito liquidador en ejecución de sentencia. Con costas y costos.

2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Tito Secko Gonzales (fs. 421 a 423) y Hugo Secko Gonzales (fs. 430 a 432), mereció que la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emita el Auto de Vista Nº 257/2020 de 4 de diciembre cursante de fs. 488 a 495 vta., CONFIRMANDO la Sentencia de 6 de julio de 2020.

3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Tito Secko Gonzales representado legalmente por Saúl Alandia Salazar (fs. 498 a 500 vta.) y por Hugo Secko Gonzales (fs. 501 a 504), que son objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado, por diferentes factores tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y ante la vigencia plena de la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación, considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273, 274 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Edwin Elar Portugal León
Demandado
Tito Secko Gonzales.
Proceso
Disolución y liquidación de sociedad comercial.
Tribunal Supremo de Justicia17 de febrero de 2021AS/0114/2021-RAFuente oficial