Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA I
AUTO SUPREMO No. 115-Social Sucre, 09 de Abril de 2002.
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Carmelo Prada Romero c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos. (YPFB).
RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 113 interpuesto por Antonio Suárez Aguilar, en representación de Carmelo Prada Romero, contra el Auto de Vista de fs. 110, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del juicio social seguido por el recurrente en contra de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB); los antecedentes del proceso, el dictamen de fs 121, y
CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs. 12-14, tramitada que fue, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, a fs. 93-95 dictó Sentencia declarando PROBADA y disponiendo la cancelación de Bs. 21.937,02.- a favor del actor. En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, a fs. 110 pronunció Auto de Vista REVOCANDO la Sentencia y declarando IMPROBADA la demanda; fallo que motivó el recurso de casación que se pasa a analizar.
CONSIDERANDO: Que del examen del recurso de casación de fs. 113, se concluye que el mismo es infundado porque Antonio Suarez Aguilar, el apoderado recurrente, sin pertinencia legal alguna refirió enunciativamente que se habría violado el art. 169 del Código Procesal del Trabajo al no considerarse las declaraciones testificales de cargo, que no se valoró la prueba y que se pretende desconocer lo establecido en los arts. 132 y 157 de la Constitución Política del Estado y 4 de la Ley General del Trabajo, llegando al extremo de pedir que se "revoque" el Auto de Vista.
Se llega a esta conclusión en mérito al cotejo contradictorio de las pruebas de cargo de fs. 1 a 7, con las pruebas de descargo de fs. 24 a 41, que
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