Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 115/2021
Sucre, 16 de marzo de 2021
Expediente: SC-CA.SAII-CHQ. 90/2021
Distrito: Chuquisaca
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar.
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fojas 96 a 97, interpuesto por Miguel Ángel Bautista Veliz y Chedo Pablo Moreno Condorcet, en representación de Ericka Valeria Falch Vacaflores, en virtud del Testimonio Poder N° 1027/2017, otorgado por la Notaría de Fe Pública N° 04 a cargo María N. Revilla Zambrana, contra el Auto de Vista Nº 626/2020 de 26 de noviembre (Fs. 93 a 94 vlta.), pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso laboral de pago de beneficios y derechos sociales, seguido por Jacqueline Baldivieso Pérez, contra la parte recurrente, el Auto de 3 de febrero de 2021, que concedió el recurso (Fs. 99), el Auto N° 90/2021-A de 10 de febrero que admitió el recurso (Fs. 105 y vlta.), los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso.
Jacqueline Baldivieso Pérez, en su escrito de fs. 3 a 4 vlta., demanda pago de beneficios y derechos sociales. El Juez de Partido 2do. del Trabajo y Seguridad Social Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Auto de 30 de octubre de 2017, cursante a fs. 5, admite la demanda y corre traslado a la parte contraria, quien por escrito de fs. 9 a 10 vlta., contesta la demanda en forma negativa.
Cumplidas las formalidades procesales, el Juez de Partido 2do. del Trabajo y Seguridad Social Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió la Sentencia Nº 27/2018 del 13 de julio, cursante de fojas 35 a 37 de obrados, que declara PROBADA la demanda cursante de fs. 3 a 4 vlta., sin costas, en consecuencia, se dispone el pago de las siguientes pretensiones:
SALARIO INDEMNIZABLE 1.400
SUELDOS DEVENGADOS 700
INDEMNIZACIÓN 901,98
AGUINALDO 2017 901,98
TOTAL 2.503,96
I.2 Auto de Vista
Deducido el recurso de apelación, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, mediante Auto de Vista Nº 626/2020 de 26 de noviembre, cursante de fs. 93 a 94 vlta., CONFIRMA la Sentencia N° 27/2018 de 13 de julio, así como el Auto Complementario N° 334/2018 de 30 de julio, sin costas y costos.
I.3 Motivos del recurso de casación.
Habiendo sido notificados Miguel Ángel Bautista Veliz y Chedo Pablo Moreno, en representación de Ericka Valeria Falch Vacaflores, propietaria de Café Chocolate, con el Auto de Vista Nº 626/2020 de 26 de noviembre, el 6 de enero de 2021, según consta a fs. 95 vlta., plantea recurso de casación en el fondo y en la forma, de fs. 96 a 97, en los siguientes términos:
Recurso de Casación en la Forma
Acusa que el auto de vista recurrido, incurrió en vulneración al debido proceso por incongruencia en el punto 5to. del Considerando II, al referirse que estando acreditado el pago del aguinaldo de la gestión 2017, el tribunal de apelación, resuelve revocar el pago del aguinaldo al que fue injustamente condenado en sentencia, sin embargo, resulta que en la parte resolutiva del fallo de segunda instancia, resuelve CONFIRMAR la Sentencia N° 18/2018 de 13 de julio.
Por lo que se solicita la nulidad de obrados hasta el Auto de Vista N° 626/2020 de 26 de noviembre.
Recurso de Casación en la Fondo.
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