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TSJ

AS/0117/2004

Tribunal Supremo de Justicia
2 de marzo de 2004Penal IMag. Jaime Ampuero García
Proceso
Sala
Penal I
Año
2004

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Texto del fallo

SALA PENAL

AUTO SUPREMO No 117 Sucre 2 de marzo de 2004

DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Yolanda Cossio Saavedra y otra c/ Heliodoro Chávez

Rodríguez, estafa y otro. ( responsabilidad civil )

MINITRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García

VISTOS: Los recursos de casación interpuestos a fs. 477-478 por Yolanda Cossio Saavedra y a fs. 481 por Eliodoro Chávez Rodríguez, impugnando el Auto de Vista de fs. 474-475 de 11 de abril de 2002, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba, en la demanda de responsabilidad civil, emergente del fenecido proceso penal seguido por los delitos de estafa y apropiación indebida por Yolanda Cossio Saavedra y Nieves Heredia de Calvi, contra Eliodoro Chavez Rodríguez; sus antecedentes, el requerimiento del Fiscal Adjunto de fs. 487-488, y

CONSIDERANDO: Que el Juez de Partido Tercero en lo Penal, Liquidador, a fs. 453-455 dicta sentencia declarando probadas las demandas de calificación de responsabilidad civil interpuestos a fs. 399 por Yolanda Cossio Saavedra y a fs. 422 Fernando Calvi Vargas es representación de Nieves Heredia de Calvi, calificando el daño civil que debe cancelar Eliodoro Chavez Rodríguez en las siguientes sumas: a Yolanda Cossio Saavedra $us. 19.353,13.- y a Nieves Heredia de Calvi $us. 22.887.-, con mantenimiento de valor del dólar norteamericano a la fecha del pago, debiendo depositar en Secretaría del Juzgado a los treinta días de ejecutoriado el presente fallo, bajo conminatoria de ley; asimismo establece el pago de Bs. 200.- a favor del Estado por concepto de días multa impuesto en el A.S.

Por otra parte, dispone la subsistencia de la anotación preventiva de los bienes inmuebles de Eliodoro Chávez Rodríguez en la cuota parte de acciones y derechos que le correspondan, según se tiene establecido en los autos de fecha 12 de diciembre del 2000 y de 23 de abril de 2001.

Que elevada la sentencia en grado de apelación, el Tribunal ad-quem pronuncia el Auto de Vista de fs. 474-475 que confirma la sentencia de fs. 453-455, con la modificación referente al quantum de la responsabilidad civil, que el condenado Eliodoro Chavez Rodríguez debe cancelar, calificando la suma de $us. 16. 538,5.- a favor de Yolanda Cossio Saavedra y la suma de $us. 20.000.- a favor de Nieves Heredia de Calvi , montos que deberán ser cancelados a favor de las demandantes con mantenimiento de valor del dólar norteamericano a la fecha de pago y ejecutoriada que sea la presente resolución.

Fallo que es recurrido de casación por Yolanda Cossio Saavedra, en el memorial ya mencionado al exordio, denunciando infracción del art. 414 del Código de Procedimiento Civil al calificar la responsabilidad civil en base al interés anual del 6%, desconociendo que el interés pactado conforme al documento de fs. 50 es del 1,5 % mensual.

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Datos del proceso

Demandante
Yolanda Cossio Saavedra y otra
Demandado
Heliodoro Chávez
Magistrado relator
Jaime Ampuero García
Tribunal Supremo de Justicia2 de marzo de 2004AS/0117/2004Fuente oficial