Texto del fallo
S A L A C I V I L
Auto Supremo: Nº 117 Sucre, 06 de mayo de 2010
Expediente: Nº 21-08-S
Distrito: Oruro
Ministro Relator: Dr. Ángel Irusta Pérez
VISTOS: La solicitud de complementación y enmienda de fojas 1444 y vlta., formulada por Hugo Salvatierra Oporto, en representación de Fidelia Gomez Guerra de Arandia, Alejandrina Gomez Oviedo, Blanca Choque Quispe, y de Cristóbal Ortiz Choque, respecto al Auto Supremo número 103 de 30 de abril de 2010 emitido por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dentro del proceso ordinario sobre nulidad de venta, seguido por Manuel Castro Fernández en contra de Fidelia Gomez Guerra y otros.
CONSIDERANDO: Que, Hugo Salvatierra Oporto solicitó la complementación y enmienda, se reconozca la nulidad del Auto Supremo de fojas 1441 a 1442 vlta. por haber sido emitido, según su criterio, sin competencia del Ministro Relator.
CONSIDERANDO: Que, los términos del Auto Supremo cuya complementación y enmienda se pretende, son claros, no existiendo en el ningún error material que corregir, ni concepto oscuro que aclarar, u omisión que deba ser suplida, razón por la cual no es pertinente la solicitud formulada.
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