Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 117/2019.
FECHA: Sucre, 24 de julio de 2019.
EXPEDIENTE Nº: 54/2018.
PROCESO: Recurso de Revisión de Sentencia Condenatoria Ejecutoriada.
PARTES: Alberto Bernabe Mamani contra la Sentencia Condenatoria Nº 10/2017 de 17 de febrero de 2017.
MAGISTRADO TRAMITADOR: Ricardo Torres Echalar.
VISTOS EN SALA PLENA: El proceso de Recurso de Revisión de Sentencia condenatoria ejecutoriada interpuesto por Alberto Bernabe Mamani representado por Alberto Bernabe Ortíz contra la Sentencia Condenatoria Nº 10/2017 de 17 de febrero de 2017, los antecedentes del proceso y el Informe Nº 35/2019-SCTRIA-SP-TSJ, emitido por Secretaría de Sala Plena.
CONSIDERANDO: Que cursa providencia de fecha 28 de noviembre de 2018 (fs. 183), la cual, dispone que el recurrente debía adjuntar el auto o certificación de ejecutoria de la Sentencia contra la que se instauró el presente recurso, documento en el cual conste la fecha exacta de ejecutoria, asimismo señalar de manera concreta los motivos en que se funda el presente recurso, refiriendo las disposiciones legales aplicables en las que basa el mismo, conforme lo dispone el art. 423 del Código de Procedimiento Penal, debiendo considerar la procedencia del recurso conforme al art. 421 del mismo Código, otorgándosele el plazo de 8 días hábiles, bajo apercibimiento de tenerse por no presentado el recurso, notificado en fecha 17 de enero de 2019 (fs. 184), vencido el plazo concedido, la parte interesada no ha cumplido con lo ordenado en la referida providencia.
En ese contexto, se tiene que el presente Revisión Extraordinario de Sentencia ejecutoriada, al haber sido observado ante la falta de documentación imprescindible para continuar el curso del proceso, habiendo trascurrido el plazo razonable sin que el recurrente haya dado cumplimiento a lo ordenado.
En ese contexto, se tiene que el presente recurso, al haber sido observado ante la falta de documentación y motivación imprescindible para continuar el curso del proceso, habiendo trascurrido el plazo razonable sin que el recurrente haya dado cumplimiento a lo ordenado, corresponde declarar la inadmisibilidad del mismo.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, declara INADMISIBLE, el presente Recurso de Revisión de Sentencia condenatoria ejecutoriada interpuesto por Alberto Bernabe Mamani representado por Alberto Bernabe Ortíz contra la Sentencia Condenatoria Nº 10/2017 de 17 de febrero de 2017, disponiendo el archivo de obrados.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Fdo. José Antonio Revilla Martínez
PRESIDENTE
Fdo. María Cristina Díaz Sosa
DECANA
Fdo. Esteban Miranda Terán
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