Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 117/2020-RA.
Fecha: 17 de febrero de 2020
Expediente: SC-15-20-S
Partes: Beatriz Marcela Ribera Gutiérrez c/ Gerardo Salamanca y Damián Roca Calzadilla.
Proceso: Reivindicación, nulidad de escrituras, cancelación de matrículas en
Derechos Reales, desocupación y entrega de inmuebles.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 997 a 999, interpuesto por Beatriz Marcela Ribera Gutiérrez mediante su apoderado Carlos Antonio Ribera Bruckner, contra el Auto de Vista N° 42/2019 de 04 de octubre, cursante de fs. 961 a 964, emitido por la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de reivindicación, nulidad de escrituras, cancelación de matrículas en Derechos Reales, desocupación y entrega de inmueble seguido por la recurrente contra Gerardo Salamanca y Damián Roca Calzadilla, la contestación cursante de fs. 1009 a 1012 vta., el Auto de concesión de 16 de enero de 2020 cursante a fs. 1020, y todo lo inherente;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Beatriz Marcela Ribera Gutiérrez a través de su representante legal Carlos Antonio Ribera Bruckner, planteó demanda de acción reivindicatoria, nulidad de escrituras, cancelación de matrículas en Derechos Reales, desocupación y entrega de inmueble, mediante escrito de fs. 94 a 103, contra Gerardo Salamanca y Damián Roca Calzadilla de quienes una vez citados el primero se apersonó ofreciendo prueba mediante memorial de fs. 513 a 514; tramitándose de esta manera el proceso, donde el Juez Público Civil y Comercial Quinto de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra pronunció la Sentencia Nº 147/2018 de 13 de julio, cursante de fs. 879 a 883, declarando IMPROBADA la demanda en cuanto a la acción de nulidad, acción reivindicatoria, desocupación, entrega de inmueble y cancelación de matrículas.
2. Contra la determinación de primera instancia Beatriz Marcela Ribera Gutiérrez mediante su representante Carlos Antonio Rivera Bruckner por escrito de fs. 898 a 901 vta., apeló la sentencia dando lugar a que la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emita el Auto de Vista N° 42/2019 de 04 de octubre, cursante de fs. 961 a 964, CONFIRMANDO la sentencia impugnada.
3. Notificadas las partes, Beatriz Marcela Ribera Gutiérrez mediante su representante Carlos Antonio Rivera Bruckner interpuso recurso de casación por escrito de fs. 997 a 999, que es objeto de análisis para su admisión.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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