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TSJ

AS/0119/2002

Tribunal Supremo de Justicia
11 de abril de 2002Social 1eraMag. Carlos Rocha Orosco
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2002

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA I

AUTO SUPREMO No. 119-Social Sucre, 11 de abril de 2002.

DISTRITO: La Paz

PARTES: Eduardo Paniagua y otros c/ Empresa Nacional de Ferrocarriles (ENFE).

RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco.

VISTOS: El recurso de casación interpuesto a fs. 333, por Gloria Fernández y Roxana Cuevas, apoderadas legales de la Empresa Nacional de Ferrocarriles (ENFE), contra el Auto de Vista de fs. 325, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social iniciado por Eduardo Paniagua y otros ex trabajadores de ENFE, contra ENFE; los antecedentes del proceso, el dictamen del Fiscal de Sala Suprema de fs. 339, y

CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs. 188-190, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de La Paz pronunció Sentencia de fs. 277-308, declarando probada la demanda e improbada la excepción de pago. Apelada la Sentencia, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de La Paz, pronunció el Auto de Vista de fs. 325, confirmando parcialmente la Sentencia de Primera Instancia, fallo que motivó el recurso de casación que se analiza.

CONSIDERANDO: Que el breve recurso de casación interpuesto por las recurrentes, se limita a señalar que en el parágrafo II del Auto de Vista no se ha considerado a cabalidad y conforme disposiciones vigentes en nuestro ordenamiento jurídico el pago de las vacaciones, transcribiendo a continuación el art. 33 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo, mas no cita en términos claros, concretos y precisos la norma legal transgredida, ni especifica en qué consiste la violación, falsedad o error. Es más, confunde los términos de la controversia en el tema de las vacaciones, en razón a que lo demandado versa sobre el correcto cómputo de las vacaciones con relación a los días efectivamente hábiles, no así a la acumulación de la misma.

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Datos del proceso

Demandante
Eduardo Paniagua y otros
Demandado
Empresa Nacional de Ferrocarriles (ENFE).
Magistrado relator
Carlos Rocha Orosco
Tribunal Supremo de Justicia11 de abril de 2002AS/0119/2002Fuente oficial