Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 119/2007 FECHA: 4 de abril de 2007
EXP. N°: 100/2006
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Interpuesto por la Sociedad Maderera San Luis Limitada contra la Superintendencia General del Sistema de Regulación de Recursos Naturales Renovables.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada por la Empresa Maderera San Luis Limitada contra la Superintendencia General del Sistema de Regulación de Recursos Naturales Renovables, en la que impugna la Resolución Administrativa Nº RJ-018/97 de 6 de diciembre de 2005, los antecedentes del proceso, el informe del Ministro Tramitador Jaime Ampuero García; y
CONSIDERANDO: Que mediante providencia de fojas 57 se le otorgó a la demandante diez días de plazo, computables desde la notificación y bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda, para la presentación del certificado de Registro ante FUNDEMPRESA, disposición comunicada el 28 de marzo de 2006 en su domicilio procesal, mediante diligencia de notificación cursante a fojas 58.
Que de acuerdo al informe emitido por la Secretaria de Cámara de la Sala Plena, la empresa demandante no ha dado cumplimiento a lo dispuesto, habiendo transcurrido más de once meses, por lo que corresponde aplicar la sanción prevista en la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene POR NO PRESENTADA la demanda de fojas 51 a 55, disponiendo el archivo de obrados.
No interviene el Presidente Héctor Sandoval Parada por encontrarse en comisión oficial. Tampoco la Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco y el Ministro Juan José González Osio por encontrarse ambos con licencia.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
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