Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0119/2015-RA

Tribunal Supremo de Justicia
24 de febrero de 2015PenalMag. Maritza Suntura Juaniquina
Proceso
Robo Agravado
Sala
Penal
Año
2015

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL

AUTO SUPREMO Nº 119/2015-RA

Sucre, 24 de febrero de 2015

Expediente : Tarija 52/2014

Parte Acusadora : Ministerio Público

Parte Imputada : Jaime Darío Lozada Gonzáles y otros

Delito : Robo Agravado

RESULTANDO

Por memorial presentado el 9 de octubre de 2014, cursante de fs. 157 a 158 vta., Alejandro David Cuellar Ivanovich, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 84/2014 de 22 de septiembre, de fs. 149 a 151 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Jaime Darío Lozada Gonzales, Rodolfo Smith Flores Vaca y el recurrente, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado por los arts. 331 y 332 inc. 2) del Código Penal (CP), respectivamente.

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación pública (fs. 8 a 9 vta.) y una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Segundo de Sentencia de Yacuiba del Distrito Judicial de Tarija, pronunció la Sentencia 28/2011 de 8 de julio (fs. 95 a 100 vta.), declarando a los imputados Jaime Darío Lozada Gonzáles, Rodolfo Smith Flores Vaca y Alejandro David Cuellar Ivanovich autores y culpables de la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado por los arts. 331, 332 inc. 2) del CP, imponiéndole a cada uno la pena privativa de libertad de tres años, más costas en favor del Estado a fijarse en ejecución de sentencia.

b) Contra la referida Sentencia, el imputado Alejandro David Cuellar Ivanovich formuló recurso de apelación restringida (fs. 115 a 119 vta.), siendo resuelto por Auto de Vista 84/2014 de 22 de septiembre (fs. 149 a 151 vta.), que declaró sin lugar el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.

c) Notificado el recurrente con el mencionado Auto de Vista el 2 de octubre de 2014 (fs. 152), interpuso recurso de casación el 9 del mismo mes y año, que es objeto del presente análisis de admisibilidad.

II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial de fs. 157 a 158 vta., se extrae el siguiente motivo:

El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, a tiempo de emitir el fallo ahora impugnado, no obstante de haber citado en el mismo, el Auto Supremo 249/2012 referido a la imposibilidad de revalorizar la prueba y a revisar cuestiones de hecho, incurrió en revalorización, toda vez que denotó frases como: “...además se encuentra judicializado el desfile identificativo y que pese a la exclusión probatoria interpuesta por la defensa, el tribunal admitió, por razones fácticas y jurídicas que se apegan a derecho, habiendo obrado de manera correcta, puesto que por el principio de verdad material las formalidades subyacen al mismo…”, análisis que considera arbitrario, puesto que, la fundamentación del fallo hace referencia a la prueba sin cumplir con la finalidad de examinar la Sentencia impugnada para establecer si al valorar las probanzas, se aplicó adecuadamente el sistema de la sana crítica o si se transgredieron las reglas del “…correcto entendimiento humano…” (sic); lo que resulta contrario al precedente establecido en el Auto Supremo 210 de 28 de marzo de 2007.

Agrega que la Resolución recurrida en su punto III.2, alegó que la Sentencia es acorde a lo legal, fundamentó, valoró y compulsó los elementos probatorios a la luz de la lógica, sana crítica y experiencia; argumento que considera perjudicial; toda vez que la víctima no asistió a juicio para ratificar el acta de desfile identificativo, rompiendo las reglas de la sana crítica, “logicidad”, experiencia y el entendimiento humano.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

Mostrando 20 de 40 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Jaime Darío Lozada Gonzáles y otros
Proceso
Robo Agravado
Magistrado relator
Maritza Suntura Juaniquina
Tribunal Supremo de Justicia24 de febrero de 2015AS/0119/2015-RAFuente oficial