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AS/0120/2023

Tribunal Supremo de Justicia
10 de mayo de 2023Social 1eraMag. José Antonio Revilla Martinez

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Apelación / Resolución / Ilegal (Anulación de obrados)

La parte recurrente señala la falta de fundamentación de la sentencia y violación del derecho al debido proceso; donde se denunció; la incongruencia al determinar el tiempo de servicios reclamados en el recurso de apelación y que los mismos no fueron resueltos, en contra del Derecho Constitucional a...

Proceso
Beneficios sociales
Sala
Social 1era
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

AUTO SUPREMO Nº. 120

Sucre, 10 Mayo de 2023

Expediente             : 65/2023-S

Demandante       : Marco Antonio Saavedra Álvarez

Demandado             : CLUB DEPORTIVO, SOCIAL Y CULTURAL “UNIVERSIDAD”

Proceso                   : Beneficios sociales

Departamento         : Santa Cruz

Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez.

VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 265 a 266, interpuesto por Carlos Martínez Bonilla en representación del Club Deportivo Social y Cultural “UNIVERSIDAD”, contra el Auto de Vista Nº 110/2022 de 09 de junio de 2022, de fs. 239 a 243, emitido por la Sala Social Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz., dentro del proceso de Beneficios Sociales, interpuesto por Marco Antonio Saavedra Álvarez contra el Club Deportivo Social y Cultural “UNIVERSIDAD”; el Auto Nº 106/2022 de 28 de septiembre de fs. 272, que concedió el recurso ; el Auto de 1 de marzo de 2023, que admitió el recurso de fs. 283, los antecedentes del proceso, y todo cuanto ver convino:

Antecedentes del Proceso:

Sentencia:

Tramitado el proceso social, la Jueza 3ro. De Partido de Trabajo y Seguridad Social del distrito Judicial de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 68/2021 de 22 de septiembre de 2021, de fs. 202 a 211, declarando PROBADA LA DEMANDA EN PARTE de fs. 7 a 9, disponiendo el pago de beneficios sociales en favor del actor Marco Antonio Saavedra Álvarez el monto de 66.354,16, por concepto de indemnización, aguinaldo 2016 y 2017, vacación, sueldo devengado, más la multa del 30%

Auto de Vista:

Contra ésta resolución el demandante y la entidad demandada presentaron apelación, conforme consta a fs. 215 a 221, resuelto por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista Nº. 110/2022 de 09 de junio de 2022, de fs. 239 a 243 que DECLARÓ INADMISIBLE el recurso interpuesto por el Club Deportivo Social y Cultural Universidad.

Recurso de casación:

Contra el referido Auto de Vista Nº 110/2022, la entidad apelante representada por Carlos Martínez Bonilla, por memorial de fs. 265 a 266, interpuso recurso de casación en la forma, conforme a los siguientes argumentos:

Acusó falta de pronunciamiento sobre los agravios fundamentados en el recurso de apelación:

Errónea valoración de la prueba para determinar el sueldo promedio indemnizable en la sentencia.

Falta de fundamentación de la sentencia y violación del derecho al debido proceso; donde se denunció; la incongruencia al determinar el tiempo de servicios reclamados en el recurso de apelación y que los mismos no fueron resueltos, en contra del Derecho Constitucional al Debido Proceso y la Tutela Judicial Efectiva y a la Defensa.

Petitorio:

Solicita se Anule el Auto de Vista Nº110/2022 de 09 de junio de 2022 en la forma.

Contestación:

Corrido en traslado el recurso, la parte actora no respondió.

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:

Considerando los argumentos expuestos por el recurrente y de acuerdo a la problemática planteada, corresponde las siguientes consideraciones de orden legal.

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Máxima

AUTO DE VISTA CITRA PETITA/ La falta de motivación y fundamentación por el tribunal ad quem al no absolver todas las dudas planteadas en apelación, vulnera al debido proceso, siendo una resolución citra petita por no pronunciarse sobre todos los puntos cuestionados en recurso puesto a su conocimiento, actos que son pasibles de nulidad.

Datos del proceso

Demandante
Marco Antonio Saavedra Álvarez
Demandado
CLUB DEPORTIVO, SOCIAL Y CULTURAL “UNIVERSIDAD”
Proceso
Beneficios sociales
Magistrado relator
José Antonio Revilla Martinez

Precedente

Artículo 265-I del Código Procesal Civil. Artículo 17-I de la Ley del Órgano Judicial

Tribunal Supremo de Justicia10 de mayo de 2023AS/0120/2023Fuente oficial