Texto del fallo
SALA CIVIL
AUTO SUPREMO N° 121. Sucre, 23 de marzo de 2002.
DISTRITO : La Paz. JUICIO : Compulsa.
PARTES : Armando Molina y Nancy Cáceres de Molina c/ Sala Civil Primera.
RELATORA : Ministra doctora Emilse Ardaya Gutiérrez.
VISTOS : El recurso de compulsa de fojas 23 - 24, interpuesto por Armando Molina y Nancy Cáceres de Molina, contra el auto de negativa de fojas 16 pronunciado en fecha 8 de febrero de 2002, por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso ordinario sobre nulidad de escritura que siguen los compulsantes contra Rafael Chumacero Vega, los antecedentes que cursan en el cuadernillo acompañado y,
CONSIDERANDO: Que, Armando Molina y Nancy Cáceres de Molina, a través del memorial de fojas 23 - 24 plantean recurso de compulsa, en contra de la resolución mencionada al exordio, por la que la Sala compulsada deniega el recurso de casación interpuesto contra el Auto de Vista de 16 de noviembre de 2.001, corriente a folios 1 - 2, pidiendo se la declare legal y haber lugar la concesión de los recursos interpuestos a fojas 7 y 11 - 12.
CONSIDERANDO: Que, la Sala Civil Primera, negó la concesión del recurso de casación planteado por los recurrentes, con el siguiente fundamento: " De acuerdo a la circular No. 26/2.001 -P.C.S.J de la Corte Superior del Distrito, que en su numeral 1) determina que los términos y plazos procesales en los trámites quedarán interrumpidos a la iniciación del anticipo de vacación ( 26 de diciembre del presente año) y reabiertos automáticamente el primer día hábil de trabajo ( 3 de enero de 2.002), se declara ejecutoriado el Auto de Vista de fojas 109 - 110, y su complementario de fojas 119 - 120, por haberse presentado los recursos fuera de término" sic.
CONSIDERANDO: De la revisión de antecedentes que cursan en el cuadernillo acompañado se tiene: a) que por auto de vista de fecha 16 de noviembre de 2.001, saliente a fojas 1 - 2 de obrados, la Sala Civil Primera, confirma en todas sus partes la sentencia apelada de fojas 90 -92 ( del expediente ), resolución con la que son notificados los demandantes Armando Molina y Nancy Cáceres de Molina, a horas 14:15 del día 18 de diciembre de 2.001, conforme sale en la diligencia de fojas 4 vuelta. b) A horas 16:00 del día 3 de enero de 2.002, por memoriales que cursan a fojas 7 y 11 - 12, los nombrados demandantes, interponen recurso de casación, contra el Auto de Vista de 16 de noviembre de 2.001, conforme se advierte por los cargos de presentación que cursan a fojas 8 y 12 vuelta respectivamente.
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