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TSJ

AS/0121/2013

Tribunal Supremo de Justicia
25 de marzo de 2013Social 1eraMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2013

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

Auto Supremo Nº 121

Sucre, 25/03/2013

Expediente: 133/2013-S

Distrito: Pando

VISTOS: El recurso de compulsa de fs. 11, interpuesto por Edwin Carlo Mamani en representación de la empresa EXIMCRUZ, contra el auto de 23 de enero de 2013, cursante a fs. 4 vuelta, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, del Niño Niña y Adolescente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso laboral de beneficios sociales seguido por Víctor Lanza Chamorro en contra de la empresa EXIMCRUZ, los antecedentes del testimonio de fotocopias remitido a este tribunal, el informe de la Magistrada Norka N. Mercado Guzmán, y,

CONSIDERANDO: El artículo 284 del Código de Procedimiento Civil establece que el recurso de compulsa debe interponerse ante el juez o tribunal inmediato superior, el cual lo sustanciará de acuerdo a las disposiciones establecidas en el procedimiento de la materia.

Que, por mandato del artículo 288 del adjetivo civil, cuando el tribunal superior e inferior tengan asientos en lugares distintos, el litigante anunciará de compulsa ante el mismo juez o tribunal inferior, dentro del tercero día de haber sido notificado con el auto de negativa, pidiendo los testimonios de las piezas procesales pertinentes, con las que deberá formalizar ante el tribunal inmediato superior el recurso de compulsa.

CONSIDERANDO: En el presente caso, el recurrente, no ha tenido en cuenta las normas procesales que regulan el recurso de compulsa previsto en el artículo 283 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, en atención a que una vez notificado con el auto de ejecutoria de 23 de enero de 2013 (fs. 4 vuelta) y con el proveído de 24 de enero de 2013 (fs. 6), interpuso de manera directa recurso de compulsa ante el mismo tribunal, incumpliendo el mandato del artículo 288 del precitado adjetivo civil en atención a que únicamente correspondía hacer el anuncio de interposición del recurso de compulsa para luego deducirlo ante el tribunal superior en grado.

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Datos del proceso

Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Compulsa / Procede
Tribunal Supremo de Justicia25 de marzo de 2013AS/0121/2013Fuente oficial