Texto del fallo
AUTO SUPREMO Nº 121/2014
Sucre, 08 de mayo de 2014
EXPEDIENTE: S.618/2009
DISTRITO: La Paz
VISTOS: El recurso de casación o nulidad en el fondo de fojas 110 y vuelta, interpuesto por Rodrigo Laguna Bretel en representación de la Empresa Municipal de Áreas Verdes, Parques y Forestación “EMAVERDE” en mérito al Testimonio de Poder Nº 313/2006 de 18 de mayo de 2006, otorgado por José Vicente Claros Ramírez, Gerente General de la Empresa “EMAVERDE” (fojas 29 a 32 y vuelta); del Auto de Vista Nº 162/08 de 30 de mayo de 2008 (fojas 106 y vuelta), emitido por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz dentro del proceso laboral por pago de derechos laborales seguido por Jesús José Ortiz Pabon contra la institución recurrente, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Jueza Quinto de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió Sentencia Nº 20/2007 de 21 de abril de 2007 (fojas 88 a 91 y vuelta) declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 14 a 15 y subsanada a fojas 17, disponiéndose que la Empresa “EMAVERDE” a través de su representante legal cancele al actor de acuerdo a la siguiente liquidación:
Tiempo de servicios: 4 meses y 3 días
(del 6 de abril hasta el 9 de agosto de 2005)
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 1.111.-
4 meses Bs. 370,33
3 días Bs. 9,25
Indemnización Bs. 379,58
Desahucio Bs. 3.333,00
Aguinaldo duodécimas Bs. 379,58
TOTAL A CANCELAR Bs. 4.092,16
Monto que en ejecución de fallos debe actualizarse conforme a ley.
En grado de apelación, deducida por la empresa demandada, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció el Auto de Vista Nº 162/08 de 30 de mayo de 2008 (fojas 106 y vuelta), que CONFIRMÓ la Sentencia Nº 20/2007 de fojas 88 a 91 de obrados en todas sus partes con costas en ambas instancias conforme al artículo 237 parágrafo I, numeral 1) del Código de Procedimiento Civil.
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