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AS/0121/2023

Tribunal Supremo de Justicia
10 de abril de 2023Social 2daMag. Maria Cristina Diaz Sosa

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Procesos / Coactivo social

El recurrente señala que, el Auto de Vista no considero que la Nota de Cargo CSC/DGE/DNP/DNCE/CRZG/NC/001/2021 de 20 de enero de 2021 de fs. 5; no detalló ni especifico lo supuestamente adeudado por la Sociedad; ya que, no señala nombres de los trabajadores y su relación de dependencia con la instit...

Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 2da
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA,

SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA

AUTO SUPREMO Nº 121/2023

Sucre, 10 de abril 2023

EXPEDIENTE : 52/2023

DEMANDANTES : Caja de Salud De Caminos

DEMANDADOS : Sociedad Agroindustrial Del Valle Ltda.

MATERIA : Coactivo Social

DISTRITO : Tarija

RELATORA : Mgda. María Cristina Días Sosa

I.VISTOS: El Recurso de Casación de fs. 1005 a 1015., interpuesto por Fabiana Paz Castellanos en representación de la Sociedad Agroindustrial del Valle Limitada (SAIV Ltda.), contra el Auto de Vista Nº 025/2022 de 12 de agosto, cursante de fs. 998 a 1002, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso de coactivo social seguido por la Caja de Salud de Caminos en contra del recurrente; el Auto N° 09/2022 de fs. 1015, que concede el recurso; el Auto Supremo de Admisión Nº 52/2023-A de 3 de febrero de fs. 128 y vuelta.

II. ANTECEDENTES PROCESALES

1. Auto Definitivo

Tramitado el proceso coactivo social, iniciado por la Caja de Salud del Servicio Nacional de Caminos representada por Henry Edgar Párraga Villca, el Juzgado de Partido Primero del Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia del Tarija, emitió el Auto Definitivo de 10 de mayo de 2021, cursante de fs. 925 a 934, declarando: 1. improbada las excepciones de imprecisión, oscuridad, falta de fuerza coactiva y falta de acción y derecho, así como a la excepción de pago; 2. No ha Lugar el recurso de reposición manteniendo incólume la resolución de fs. 26 y vta.; y 3. Abonar la personería de Henry Edgar Párraga Villca en representación de Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides.

2. Auto de Vista

El recurso de apelación interpuesto por Fabiana Paz Castellanos, en representación de la Sociedad Agroindustrial del Valle Limitada SAIV, el 19 de mayo de 2021 de fs. 937 a 945 vta., fue resuelto por Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, mediante Auto de Vista Nº 025/2022 de 12 de agosto, cursante de fs. 998 a 1002, confirmar la Resolución de 10 de mayo de 2021 de fs. 925 a 934., apelada.

III. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Mediante memorial presentado el 22 de septiembre de 2022, Fabiana Paz Castellanos en representación de la Sociedad Agroindustrial del Valle Limitada (SAIV Ltda.), interpone recurso de casación, exponiendo los siguientes agravios:

1. El Auto de Vista no considero que la Nota de Cargo CSC/DGE/DNP/DNCE/CRZG/NC/001/2021 de 20 de enero de 2021 de fs. 5; no detalló ni especifico lo supuestamente adeudado por la Sociedad, ya que no señala nombres de los trabajadores y su relación de dependencia con la institución, extremos que violan el derecho a la defensa, previsto por el art. 115.II de la CPE.

2. No realizó debida valoración de la falta de fuerza coactiva y acción y derecho, ya que se pretende cobrar sin considerar que no hubo relación ni dependencia laboral con los trabajadores, sino una relación contractual civil previsto por el art. 732 del Código Civil.

3. La excepción perentoria de pago, debe ser declarada probada en todas sus partes, ya que no corresponde el pago de periodos por personas que nunca formaron parte de la empresa.

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Datos del proceso

Demandante
Caja de Salud De Caminos
Demandado
Sociedad Agroindustrial Del Valle Ltda.
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa

Precedente

Artículo 45 de la Constitución Política del Estado.

Tribunal Supremo de Justicia10 de abril de 2023AS/0121/2023Fuente oficial