Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 122-A
Sucre, 01 de junio de 2016
Expediente : 21/2011-S
Demandante : Ronny Moshe Durán
Demandado : Grupo de Seguridad y Auxilio GAS
Eddy Beimar Valverde Baspineiro
Proceso : Laboral – Beneficios Sociales
Departamento : Tarija
VISTOS: El recurso de Casación en el Fondo, interpuesto por Sergio Fernández Espíndola en representación de Eddy Beimar Valverde Baspineiro de fs. 294 a 295, contra el Auto de Vista Nº 48/2016 de 4 de abril de 2016, cursante a fs. 282 a 291, pronunciado por la Sala Social, SS. y Administrativa Contenciosa y Contenciosa Administrativa Única del Tribunal Departamental de Tarija, dentro del proceso laboral por Pago de Beneficios Sociales, seguido por Ronny Moshe Durán., Recurso concedido mediante Auto Interlocutorio Nº 18/2016 de 9 de mayo de 2016 a fs. 297.
CONSIDERANDO I:
CONSIDERACIONES PREVIAS
Que en materia laboral, conforme al art. 252 del Código Procesal del Trabajo “los aspectos no previstos” en dicha Ley “se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil, siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral”.
Bajo tal premisa y toda vez que el Código Procesal del Trabajo no tiene instituido un sistema recursivo propio, el trámite del recurso de casación se tramita conforme las disposiciones expresas de la Ley Nº 439, en vigencia desde el 6 de febrero de 2016. Por tal razón se aplica la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, en “PROCESOS DE SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN”.
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