Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0123/2005

Tribunal Supremo de Justicia
7 de mayo de 2005Social 1era
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2005

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

Expediente Nº 274/01

AUTO SUPREMO Nº 123 - Social Sucre, 07 de mayo de 2005.

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Ruddy Moreno Justiniano c/ DESMONTADORA KELM.

RELATOR: MINISTRO DR.- Alberto Ruiz Pérez.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 80-81, interpuesto por Gustavo Alex Rojas Suárez, contra el Auto de Vista de fs. 76, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social seguido por Ruddy Moreno Justiniano, contra la DESMONTADORA KELM, sobre pago de beneficios sociales, los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda a fs. 2, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social, la tramita conforme a ley y dicta Sentencia a fs. 63-64, declarando IMPROBADA la demanda. En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz de la Sierra, a fs. 76 pronunció Auto de Vista ANULANDO obrados hasta fs. 21 inclusive, fallo que motivó el recurso que se pasa a analizar.

CONSIDERANDO: Que, el recurso en examen no cumple con los requisitos formales exigidos por el art. 258-2 del Código de Procedimiento Civil, referido a la cita clara de la ley o leyes violadas, y la obligación de especificar en el escrito recursivo, en qué consiste la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos.

Mostrando 9 de 18 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Ruddy Moreno Justiniano
Demandado
DESMONTADORA KELM.
Tribunal Supremo de Justicia7 de mayo de 2005AS/0123/2005Fuente oficial