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TSJ

AS/0123/2008

Tribunal Supremo de Justicia
14 de marzo de 2008Social 1eraMag. Beatriz Sandoval
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2008

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 248/07

AUTO SUPREMO Nº 123 - Social Sucre,14 de marzo de 2008.

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: David Justiniano Terrazas c/ Empresa Agropecuaria "El Retiro"

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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 111-112, interpuesto por Reynaldo Chávez Justiniano, propietario de la Empresa Agropecuaria "El Retiro", contra el auto de vista Nº 317 de 2 de agosto de 2006 (fs. 107-108), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso social que sigue David Justiniano Terrazas contra la empresa agropecuaria de propiedad del recurrente; el auto que concede el recurso de fs. 115, los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz emitió la sentencia Nº 20 de 14 de febrero de 2006 (fs. 87-89), declarando probada la demanda de fs. 4-5, con costas, disponiendo que Reynaldo Chávez Justiniano cancele a favor del actor el monto de Bs. 19.485,60 por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo y bono de zafra; además de los reajustes previstos en el D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992.

En grado de apelación deducido por la parte demandada, por auto de vista Nº 317 de 2 de agosto de 2006 (fs. 107-108), se confirma la sentencia de fs. 87-89 de 14 de febrero de 2000, con costas.

Que contra el referido auto de vista, el propietario de la empresa demandada, interpone recurso de casación en el fondo y en la forma a fs. 111-112, que ciertamente no cumple con la técnica jurídica prevista por el art. 258-II del Cód. Pdto. Civ., por cuanto, sin realizar una discriminación para cada instituto, denuncia aplicación errónea de la Ley de 18 de diciembre de 1944 y los Decretos Supremos Nos. 19518 de 22 de abril de 1983 y 19464 de 15 de marzo de 1983, sin adecuar los hechos a las causales establecidas para cada uno de los casos, conforme previenen los arts. 253 y 254 del adjetivo civil; agregándose a dichas falencias, el petitorio confuso y anfibológico, solicitando que en virtud de la interposición del recurso de casación en el fondo y en la forma, se case el auto de vista, olvidando que en uno y otro caso, los efectos que persiguen son completamente distintos por su naturaleza especial; aspectos todos estos que impiden a este Tribunal abrir su competencia.

CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho que debe contener los requisitos enumerados en el Art. 258 del Cód. Pdto. Civ. y fundamentarse por separado de manera precisa y concreta las causas que motivan la casación, ya sea en la forma, en el fondo o en ambos casos a la vez, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

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Datos del proceso

Demandante
David Justiniano Terrazas
Demandado
Empresa Agropecuaria "El Retiro"
Magistrado relator
Beatriz Sandoval
Tribunal Supremo de Justicia14 de marzo de 2008AS/0123/2008Fuente oficial