Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
Auto Supremo: No. 124
Fecha : Sucre, 28 de febrero de 2011
Expediente : Nro. 10/09
Distrito : La Paz
VISTOS: el recurso de nulidad de fojas 322 a 330 interpuesto por Gaspar Coca Saldaña, impugnando el Auto de Vista de fojas 319 y vuelta de fecha 5 de noviembre de 2008, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Judith Nancy Ulloa de Aranibar contra el recurrente, por la comisión del delito de estafa previsto y sancionado por el artículo 335 del Código Penal, el requerimiento fiscal de fojas 338 a 339, los antecedentes, y todo cuanto convino ver; y,
CONSIDERANDO: que el Juez cuarto de Partido y Sentencia de El Alto, en la sentencia de fojas 256 a 260, declara al procesado Gaspar Coca Saldaña, pasible a la sanción establecida por el artículo 335 del Código Penal, condenándole a sufrir la pena de privación de libertad de cuatro años de reclusión, a cumplir en la Penitenciaria de San Pedro de La Paz, y al pago de daños y perjuicios a la parte civil y costas al Estado.
Elevada en apelación la sentencia, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Justicia de La Paz, la confirma, con costas. Contra esta resolución, Gaspar Coca Saldaña, ha interpuesto el recurso de nulidad, denuncia el quebrantamiento de las formas procesales para la tramitación de la causa, resaltando que el defensor de oficio no habría asumido su defensa, citando como vulnerado el artículo 297 numeral 6) del antiguo Código de Procedimiento Penal, y pide se anule obrados hasta el estado de citarlo con el señalamiento de audiencia de confesión provocada.
Mostrando 8 de 16 parrafos.