Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 125/2018-RA
Sucre: 12 de marzo de 2018
Expediente: CH-18-18-S
Partes: Ana Hurtado Rosendy c/ Inés Quentasi Alaca.
Proceso: Reivindicación.
Distrito: Chuquisaca.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 226 a 228 vta., interpuesto por Inés Quentasi Alaca, contra el Auto de Vista S.C.C.II 32/2018 de fecha 29 de enero, cursante de fs. 218 a 220 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario de reivindicación, seguido a instancia de Ana Hurtado Rosendy contra la recurrente; el Auto de concesión del recurso de fecha 05 de marzo de 2018 cursante a fs. 235; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I.
ANTECEDENTES DEL PROCESO
En base al memorial de demanda de fs. 53 a 55 vta., subsanado por memorial de fs. 58 vta., Ana Hurtado Rosendy inició el proceso ordinario de reivindicación; demanda que fue dirigida contra Inés Quentasi Alaca, quien una vez citada se apersonó al proceso respondiendo negativamente a la pretensión interpuesta, tal como se tiene del memorial de fs. 94 a 96; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nº 153/2017 de fecha 09 de octubre cursante de fs. 189 vta. a 194 vta., donde el Juez Público Nº 13 en lo Civil y Comercial de la ciudad de Sucre, declaró PROBADA la demanda ordinaria, con costas; en consecuencia dispuso que la demandada Inés Quentasi Alaca en el plazo de 10 días de ejecutoriada la sentencia proceda al retiro del muro y la construcción realizada por ella en el inmueble de la demandante y restituya el lote de terreno ubicado en Ex Fundo Tucsupaya Alta con una superficie de 212,68 Mts.2 signado como lote “E-2” correspondiente a la Matrícula Nº 1011990066586 a su propietaria Ana Hurtado Rosendy, bajo conminatoria de desapoderamiento, y en caso de incumplimiento aplicarse lo previsto en el art. 430 del Código Procesal Civil.
Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Inés Quentasi Alaca (memorial de fs. 195 a 198 vta.); la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista S.C.C.II 32/2018 de fecha 29 de enero cursante de fs. 218 a 220 vta., CONFIRMANDO la sentencia apelada con costas y costos.
Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Inés Quentasi Alaca (memorial de fs. 226 a 228 vta.), recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II.
Mostrando 15 de 30 parrafos.