Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 126/2007 FECHA: 4 de abril de 2007
EXP. N°: 190/2006
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Interpuesto por la Prefectura del Departamento de La Paz contra el Ministro de Hacienda.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contenciosa administrativa planteada por la Prefectura del Departamento de La Paz contra el Ministro de Hacienda, en la que impugna la Resolución Ministerial Nº 370 de 27 de marzo de 1998, el Informe del Ministro Tramitador Julio Ortiz Linares, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO: Que mediante proveído de fojas 9, se ordenó que se acreditara personería y se cumpliera con el pago de valores judiciales, otorgando al efecto, el plazo de diez días bajo apercibimiento de tener por no presentada la demanda, disposición que fue notificada el 13 de junio de 2006.
Que de acuerdo al informe emitido por la Secretaria de Cámara de la Sala Plena, la Prefectura del Departamento de La Paz, no ha dado cumplimiento a lo dispuesto, habiendo transcurrido más de ocho meses, por lo que corresponde aplicar la sanción prevista en la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene POR NO PRESENTADA la demanda de fojas 4 a 7, disponiendo el archivo de obrados.
No interviene el presidente Héctor Sandoval Parada por encontrarse en comisión oficial.
Tampoco intervienen los Ministros Beatriz Sandoval de Capobianco y Juan José González Osio por encontrarse ambos con licencia.
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