Texto del fallo
SALA PLENA TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
AUTO SUPREMO N 126/2026
EXPEDIENTE Ne 08/2026
PROCESO :Homologación de Sentencia
PARTES :Roberto Ponce Villarroel contra Gimena
Gertrudez Vásquez Guarayo
MAGISTRADO TRAMITADOR :Primo Martínez Fuentes.
FECHA :28 de mayo de 2026 VISTOS EN SALA PLENA. La demanda de Homologación de Sentencia Dictada en el extranjero presentada por Roberto Ponce Villarroel representado por Nardy Camacho Rojas; la providencia de 29 de enero de 2026 y antecedentes del proceso.
CONSIDERANDO 1: ANTECEDENTES DE LA PROTESTA FORMAL.
La demanda de Homologación de Sentencia dictada en el extranjero interpuesta por Roberto Ponce Villarroel representado por Nardy Camacho Rojas (fs. 16 a 18) fue observada mediante providencia de 29 de enero de 2026 (21) disponiendo expresamente:
(...) Con carácter previo a la admisión de demanda de ejecución de sentencia dictada en el extranjero, la impetrante deberá presentar los siguientes requisitos previstos en el art.
505.11 subnumerales 2 y 3 del Código Procesal Civil para la ejecución de sentencia dictada en el extranjero:
1. Copias legalizadas o autenticadas de las piezas necesarias del proceso que acrediten el cumplimiento de los numerales 5 (La parte demandada hubiere sido legalmente citada o emplazada de acuerdo con el derecho del tribunal sentenciador extranjero) y 6 del parágrafo anterior (Se hubieren respetado los principios del debido proceso).
2. Certificación franqueada por autoridad competente que acredite la ejecutoria de la sentencia.
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