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TSJ

AS/0128/2021

Tribunal Supremo de Justicia
28 de octubre de 2021PlenaMag. Esteban Miranda Terán
Proceso
Homologación de Sentencia
Sala
Plena
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PLENA

AUTO SUPREMO N° 128/2021

Sucre, 28 de octubre de 2021

Expediente: 40/2020

Materia: Homologación de Sentencia

Solicitante: Ariana Claure

Mauricio Fernando Victoriano Otalora.

Magistrado Relator: Lic. Esteban Miranda Terán

VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de Homologación de la Sentencia emitida en el extranjero para fines de ejecución, de “Divorcio por mutuo acuerdo por cese de la convivencia conyugal”, presentada por Ariana Claure, de fs. 18 a 19; la Sentencia de 19 de agosto de 2019, emitida en la causa RIT-C-1495-2019, por el Juzgado de Familia de Valparaíso-Iquique-Chile, de fs. 8 a 12; la Providencia de Admisión de 4 de diciembre de 2020 (fs. 21); la contestación a fs. 61; el apersonamiento por parte de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia; y todo lo que en materia fue pertinente analizar.

I. ANTECEDENTES PROCESALES:

Al amparo de los arts. 502 a 507 del Código Procesal Civil (CPC-2013), Ariana Claure solicitó la homologación y ejecución de la Sentencia de “Divorcio por mutuo acuerdo por cese de la convivencia conyugal” de 19 de agosto de 2019, emitida en la causa RIT-C-1495-2019, por el Juzgado de Familia de Valparaíso-Iquique-Chile.

Manifestando que, contrajo matrimonio con Mauricio Fernando Victoriano Otalora, el 10 de abril de 1999, inscrito en la Circunscripción Santiago del Registro Civil de la República de Chile, inscripción número 252, registro X del año 2003; unión en la cual, se procrearon tres hijos, Nicolás, Isidora Anahí y Constanza Camille Victoriano Claure, con residencia en la ciudad de Arica-Chile, por varios años.

Sin embargo, decidieron divorciarse de mutuo acuerdo, por cese de convivencia continua por más de un año, sin posibilidad de retornar a la vida conyugal; por lo que, se inició el proceso de divorcio de acuerdo mutuo, emitiéndose Sentencia el 19 de agosto de 2019, por el Juzgado de Familia de Valparaíso-Iquique-Chile, que determinó la disolución del vínculo matrimonial, sin que medien bienes comunes que liquidar, quedando las hijas menores Isidora Anahí y Constanza Camille Victoriano Claure, bajo la guarda de la madre Ariana Claure, con la respectiva asistencia familiar a ser pagada por el progenitor conforme se dispuso en la Resolución de divorcio; sin disponerse guarda para el hijo Nicolás Victoriano Claure, por haber alcanzado la mayoría de edad.

Admitida la solicitud de Homologación de Sentencia (fs. 21), el señor Mauricio Fernando Victoriano Otalora, fue citado mediante edictos (fs. 48, 49 a 50 y 51 a 52), previo juramento de desconocimiento de domicilio (fs. 46), ante la falta de apersonamiento a estrados judiciales, se designó defensor de oficio, en Proveído de 1 de junio de 2021 (fs. 58), quien se allanó a la solicitud de Homologación de Sentencia, en el memorial de contestación de fs. 61; asimismo, la Abogada de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, mediante memorial de fs. 54, se allanó a la homologación solicitada; cumplidas las formalidades, se pasa obrados a Sala Plena para emitir resolución, mediante Proveído de 15 de julio de 2021, de fs. 62.

II. RESOLUCIÓN DEL CASO CONCRETO:

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Datos del proceso

Demandante
Ariana Claure
Demandado
Mauricio Fernando Victoriano Otalora
Proceso
Homologación de Sentencia
Magistrado relator
Esteban Miranda Terán
Tribunal Supremo de Justicia28 de octubre de 2021AS/0128/2021Fuente oficial