Texto del fallo
SALA PLENA
128/2022
Sucre, 27 de septiembre de 2022
59/2021 HS.
Homologación de Sentencia de
Divorcio.
Manuel Eduardo Contreras Cabezas c/ María Mónica Rocío Escalante Balcázar.
Marco Ernesto Jaimes Molina
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de Homologación de Sentencia de Divorcio dictada en el extranjero y pronunciada el 15 de julio de 2016 por la Corte de Circuito del Condado de Montgomery, Maryland - EE. UU., presentada por Noelia Bernal Delgado y Carlos Bernal Tupa en representación de Manuel Eduardo Contreras Cabezas, el informe del Magistrado tramitador a fs. 59, todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I: Al amparo del art. 502 y ss. del Código Procesal Civil (CPC), Noelia Bernal Delgado y Carlos Bernal Tupa en representación de Manuel Eduardo Contreras Cabezas conforme al Testimonio de Poder N° 631/2021 de fs. 1 a 3, se apersonaron ante este Tribunal Supremo de Justicia solicitando la Homologación de la Sentencia de Divorcio de 15 de julio de 2016 dictada por el Juez de la Corte de Circuito del Condado de Montgomery, Maryland - EE. UU. de fs. 34 a 35. Fundamentaron que su solicitud se ampara en normas de cooperación judicial internacional y que acompañan los documentos y requisitos de validez necesarios para la reconocimiento y ejecución de la Sentencia de Divorcio Absoluto de 15 de julio de 2016, que se produjo en razón del Acuerdo de Conciliación Matrimonial de 30 de marzo de 2015 de fs. 36 a 50.
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