Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO 128/2025
Sucre, 18 de febrero de 2025
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
Expediente: 882/2024
Demandante: Melissa Muñoz Rojas
Demandado: Empresa Unipersonal INFOTECNIA BOLIVIA.
Proceso: Pago de Beneficios Sociales
Distrito: Cochabamba
Relatora: Mgda. Rosmery Ruiz Martínez
I. VISTOS: El Recurso de Casación de fs. 125 a 127 vta., interpuesto por la Empresa Unipersonal INFOTECNIA BOLIVIA S.A., impugnando el Auto de Vista 100/2024 de 20 de mayo, de fs. 117 a 122 vta, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de pago de beneficios sociales, seguido por Melissa Muñoz Rojas contra INFOTECNIA BOLIVIA; la contestación al Recurso de Casación de fs. 131 vuelta.; el Auto de 2 de octubre de 2024, a fs. 133, que concedió el recurso; el Auto Interlocutorio 638/2024 de 29 de octubre, de fs. 139 a 140, que admitió el recurso, y lo obrado en el proceso.
II. ANTECEDENTES PROCESALES
1. Sentencia
Tramitado el proceso de pago de beneficios sociales seguido por Melissa Muños Rojas contra la Empresa Unipersonal INFOTECNIA BOLIVIA, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Primero de la Capital del departamento de Cochabamba, emitió la Sentencia 1/2022 de 27 de junio, de fs. 79 a 85 vta., que declaró PROBADA la demanda de fs. 2 a 4 y 7., disponiendo que Fernando Hurtado Villegas cancele a favor de la demandante la suma de Bs32.518,47 (treinta y dos mil quinientos dieciocho 47/100 bolivianos), por los siguientes conceptos: indemnización, desahucio, aguinaldo, vacación, primas y salarios devengados.
2. Auto de Vista
En mérito al Recurso de Apelación de fs. 88 a 90, interpuesto por el demandado, contra la Sentencia 1/2022; la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el Auto de Vista 100/2024 de 20 de mayo, de fs. 117 a 122 vta, que CONFIRMÓ la Sentencia 1/2022 de 27 de junio.
III. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
En el Recurso de Casación de fs. 125 a 127 vta., INFOTECNIA BOLIVIA expuso lo siguiente:
1.- Ausencia de valoración y consideración de las pruebas relacionadas al momento de determinar el pago de las vacaciones, desahucio y determinar el tiempo de efectivo de la relación laboral.
2. Errónea interpretación de la Ley, invocando las Sentencias Constitucionales 752/2002-R de 25 de junio y 1289/2010-R 13 de septiembre, SCP 022/2014 de 3 de enero, 903/2012 de 22 de agosto, referidas a la debida fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales como derecho al debido proceso.
Solicitó se case el Auto de Vista recurrido y en el fondo declaren improbada la demanda.
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