Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: Nº 129/2002 FECHA: 6 de octubre de 2004
EXPEDIENTE: Nº 168/2004
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Antonio José Ortiz Aguilera c/ Superintendente General del Sistema de Regulación Sectorial y Ministro de Desarrollo Sostenible y Planificación.
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VISTOS EN SALA PLENA: la demanda contencioso administrativa opuesta por Antonio José Ortiz Aguilera, fs. 44 a 47, contra la Superintendencia General de Minas, por emisión de la Resolución "J" Nº 08/02 de 19 de junio de 2002.
CONSIDERANDO: que la demanda fue presentada contra el Fiscal General de la Nación; y antes de su admisión fue replanteada contra el Superintendente General del SIRESE y el Ministro de Desarrollo Sostenible y Planificación; el primero - una vez citado con la demanda - opuso excepción de impersonería, corriente a fs. 67, y en respuesta a la misma, el demandante reconoció la existencia de error en la nominación de los demandados, rectificando la acción contra el Superintendente General de Minas.
A través de Auto Supremo Nº 029/2003 de 9 de abril de 2003, se declaró probada la excepción opuesta por el Superintendente General del SIRESE, y advirtiéndose que no se había citado mediante cédula al Ministro de Desarrollo Sostenible y Planificación, codemandado, se dispuso su citación mediante nueva provisión citatoria; empero revisados los datos del proceso se tiene que dicha diligencia no fue cumplida, lo que ocasionó un vicio procedimental que necesariamente debe ser saneado antes de la dictación de la sentencia, cual ordena el Art. 247 de la Ley de Organización Judicial, en armonía con el Art. 251-I del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Excma. Corte Suprema de Justicia, ANULA obrados hasta fs. 92, a objeto de que se cumpla con la citación por cédula al Ministro de Desarrollo Sostenible y Planificación, ordenada en el Auto Supremo Nº 029/2003 de 9 de abril de 2003.
No interviene el Ministro doctor Gonzalo Castellanos Trigo, por ausencia justificada.
Regístrese
Firmado: Eduardo Rodríguez Veltzé
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