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TSJ

AS/0129/2014

Tribunal Supremo de Justicia
31 de marzo de 2014Civil LiquidadoraMag. Elisa Sánchez Mamani
Proceso
Nulidad de Poder Notariado
Sala
Civil Liquidadora
Año
2014

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Texto del fallo

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo: Nº 129

Sucre: 31 de marzo de 2014.

Expediente: C – 19 – 09 – S

Proceso: Nulidad de Poder Notariado

Partes: Sebastian Chacon Butron c/ Carmen Ruiz Huayhua

Distrito: Cochabamba

Magistrada Relatora: Dra. Elisa Sánchez Mamani

I. VISTOS:

1.- El recurso de casación en el fondo, interpuesto por Sebastián Chacón Butrón, contra el Auto de Vista Nº 67 de 2 de marzo de 2009, pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de Distrito de Cochabamba, en el proceso ordinario doble sobre nulidad de poder notariado, nulidad de documentos de venta y daños y perjuicios, seguido por el recurrente en contra de Carmen Rosa Ruiz Huayhua y Jonatan Justiniano Ruiz, la contestación, los antecedentes y;

II. CONSIDERANDO:

2.1. Antecedentes del Proceso.- Que, mediante sentencia de fojas 192 a 194 de obrados, pronunciado por el Juez de Partido Séptimo en lo Civil y Comercial de la ciudad de Cochabamba, se declaró probadas las excepciones perentorias opuestas a fojas 46 a 48, e improbadas las excepciones perentorias, opuestas a fojas 50 a 51 contra la demanda reconvencional; también se declaró improbada la demanda principal y probada la acción reconvencional, declarando nulo el documento de 4 de agosto de 2000, con costas.

Que, en grado de apelación, interpuesto por Sebastián Chacón Butrón, de fojas 197 y vuelta, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de Distrito de Cochabamba, por Auto de Vista Nº 67 de 2 de marzo de 2009, de fojas 344 a 346 vuelta, se confirmó la sentencia apelada (en parte) y revocó en parte declarando improbada la reconvención, sin costas.

Contra el referido Auto de Vista, por memorial cursante de fojas 363 s 367, Sebastián Chacón Butrón, interpuso recurso de casación en el fondo, que se compendia a continuación.

III. CONSIDERANDO:

3.1. Denuncias del Recurso de Casación.- El recurrente alega que el Juez a quo habría transgredido sus derechos e invoca el artículo 56-1) de la Constitución Política del Estado y luego cuestiona la conclusión de que su hermana Hilaria Chacón de Ayaviri, no habría demostrado el pago total por la propiedad en litigio cuando el pago está demostrado por los recibos de fojas 5 a 12, y que además debe considerarse que mediante documento privado y escritura pública de fecha 9 de enero de 1993, su hermana le traspasó sus derechos.

Luego hace referencia a que el Tribunal ad quem no habría tomado en cuenta el documento privado de fecha 4 de agosto de 2000; que el poder de fojas 38 habría sido revocado el 14 de febrero de 1997; que Carmen Rosa Ruiz Huayhua, junto a su directiva se adjudica su lote de terreno a su favor, transgrediendo la normativa en cuanto al fondo y a la forma y distorsionando los requisitos de un contrato y luego menciona el artículo 252-4) del Código Civil, y que nada acredita que Carmen Rosa Ruiz Huayhua era representante de la urbanización Señor de Mayo. Añade que presentó sus Escrituras Públicas 193/99 y que nunca tuvo problema principalmente respecto a la representación, junto a Alfredo Cardozo Raúl Cardozo y Raúl Apodaca, ya fallecidos.

Reitera que el Tribunal ad quem habría desconocido que el poder 1019/97 está revocado y que al haberse efectuado una venta con vicios, dolo y error, la misma termina siendo nula, debido a la carencia de consentimiento y forma, luego menciona el artículo 452 del Código Civil.

En cuanto a la reconvención y respecto a los presuntos representantes, señala que no habría representatividad de parte de los mismos. Luego se queja de la conclusión de que su demanda no habría sido demostrada y señala que es evidente la representatividad de Alfredo Cardozo, Jorge Viscarra Vargas, Mario Apodaca Camargo y Víctor Siñaniz.

Alega que el Tribunal ad quem no habría valorado la certificación otorgada por la Prefectura y hace referencia a los alcances de esa certificación.

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Datos del proceso

Demandante
Sebastian Chacon Butron
Demandado
Carmen Ruiz Huayhua
Proceso
Nulidad de Poder Notariado
Magistrado relator
Elisa Sánchez Mamani
Tribunal Supremo de Justicia31 de marzo de 2014AS/0129/2014Fuente oficial