Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 130/2015
Sucre: 27 de febrero de 2015
Expediente: B-38-14-S
Partes: Azgar Chávez Suarez. c/ Rolando Eggers Jordán, María Elvira Von Beeck
Oyola y Raúl Eggers Von Beck y/o sus herederos y terceros que crean
tener igual o mejor derecho propietario.
Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria.
Distrito: Beni.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 255 a 261, interpuesto por Azgar Chávez Suarez contra el Auto de Vista Nº 115/2014, de fs. 253 a 254, de 26 de septiembre de 2014, pronunciado por la Sala Civil Mixta del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro el proceso de Usucapión extraordinaria, seguido por el recurrente contra Rolando Eggers Jordán, María Elvira Von Beeck Oyola y Raúl Eggers Von Beck y/o sus herederos y terceros que crean tener igual o mejor derecho propietario; la concesión de fs. 276; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Juez Segundo de Partido Mixto Niño, Niña y Adolescente de Guayaramerin, el 19 de mayo de 2014 pronunció Sentencia, cursante de fs. 213 a 215 vta., declarando probada la demanda de usucapión extraordinaria, disponiendo que en ejecución de sentencia se proceda a registrar su derecho propietario en Derechos Reales, Improbada la demanda reconvencional de reivindicación.
Contra la indicada resolución, presentaron su recurso de apelación las partes demandadas exponiendo sus agravios sufridos.
El Tribunal de Alzada en virtud a la apelación, emitió Auto de Vista por el que Anula obrados hasta fs. 130 disponiendo que se cite a los codemandados herederos de María Elvira Von Beeck Oyola, Raúl Eggers Von Beeck y terceros interesados de acuerdo a lo normado en el art. 125 del Código de Procedimiento Civil.
Contra la Resolución de segunda Instancia, recurre en casación en el fondo y en la forma la parte demandante, el mismo que se analiza.
CONSIDERANDO II:
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