Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 131 Sucre 22 de abril de 2006
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES : Abad Lino Arteaga c/ Mary Betty Montero Suárez.
Despojo.
MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 307 a 308 interpuesto por Mary Betty Montero Suárez impugnando el Auto de Vista Nº 43 de 25 de febrero de 2005 de fojas 295 a 296, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la R. Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Abad Lino Arteaga contra la recurrente y otro, por el delito de despojo previsto y sancionado por el artículo 351 del Código Penal.
CONSIDERANDO: que el Juez de Sentencia Nº 1 de la ciudad de Santa Cruz falló declarando a Mary Betty Montero Suárez autora del delito de despojo incurso en el artículo 351 del Código Penal, condenándola a la pena de tres años y seis meses que deberá cumplir en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz de esa ciudad, al pago del daño civil y costas averiguables en ejecución de sentencia. Mientras que al imputado Rodolfo Landivar Alba le absuelve de culpa y pena sin responsabilidad penal. La indicada resolución fue recurrida, habiendo sido resuelta por Auto de Vista de fojas 295 a 296 declarándola improcedente. El mencionado auto fue recurrido de casación, habiéndoselo admitido por Auto Supremo de fojas 316 a 317 de obrados.
CONSIDERANDO: que Mary Betty Montero Suárez recurre e impugna el Auto de Vista Nº 43, manifestando: que en el Auto de Vista recurrido se advierte la falta de personería del querellante y que se mantiene el error en la apreciación de la Ley sustantiva; al respecto, invoca como precedente el Auto Supremo Nº 73 de 10 de febrero de 2004 que se refiere a las facultades que tiene el Tribunal de Apelación según el artículo 413 del Código de Procedimiento Penal, seguidamente, invoca el Auto Supremo Nº 727 de 26 de noviembre de 2004, sin embargo, éste es sustituido por una sentencia dictada por el Tribunal de Sentencia Nº 2 de la ciudad de Santa Cruz.
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