Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0131/2024

Tribunal Supremo de Justicia
25 de marzo de 2024Social 1eraMag. Ricardo Torres Echalar
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 131

Sucre, 25 de marzo de 2024

Expediente: 676-2023

Demandante: Jhoconda Mancilla Álvarez

Demandado: Empresa Unipersonal ALIMTECNO

Materia: Beneficios Sociales

Distrito: Cochabamba

Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar

VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por la Empresa Unipersonal ALIMTECNO cursante de fs. 158 a 160, contra el Auto de Vista Nº 141/2023 de 19 de abril de fs. 152 a 155, emitido por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso - Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso laboral interpuesto por Jhoconda Mancilla Álvarez en contra de la Empresa Unipersonal ALIMTECNO el Auto que concede el referido medio de impugnación, cursante a fs.163, el Auto de 19 de diciembre de 2023 de fs. 170 vta., mediante el cual se admite el mismo, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I:

I.1 Antecedentes del proceso

La señora Jhoconda Mancilla Álvarez interpuso demanda de Pago de Beneficios Sociales mediante memorial de fs. 6 a 7 subsanado a fs. 11 y 14 en contra de la Empresa Unipersonal ALIMTECNO en la suma de Bs.6,831.56, manifestando que ingresó a trabajar a esa empresa el 10 de enero de 2017 al 12 de diciembre de 2017 habiendo desempeñado el cargo de vendedora percibiendo un salario de Bs 1.070, con el horario de trabajo de 09:00 a.m. a 13 p.m. de lunes a viernes incluso sábados, llegando a desempeñar sus funciones por 11 meses y 2 días, manifestando haber sido despedida intempestivamente sin justificativo alguno el 12 de diciembre de 2017.

Admitida la demanda y su complementación, por Auto Interlocutorio de 05 de abril de 2019 de fs. 15, se corrió traslado a la parte contraria quien respondió a la demanda.

I.2 Sentencia

Cumplidas las formalidades procesales, el Juez de Partido, de Trabajo y Seguridad Social Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió la sentencia de 25 de abril de 2022 cursante de fs. 121 a 125, declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 6 a 7 vta. y su aclaración de fs. 11con las modificaciones consiguientes establecidas en los puntos precedentes con costas y costos a la parte demandada, en cuyo mérito se ordena a la Empresa Unipersonal ALIMTECNO representada por Andrea Martha Zurita Chávez para que cancele a la parte actora por concepto de Beneficios Sociales la suma de Bs. 1.416,554.

I.3 Auto de Vista

Interpuesto el recurso de apelación por parte de la demandante, mediante Auto de Vista Nº 141/2023 de 19 de abril cursante de fs. 152 a 155, la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso - Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba REVOCA EN PARTE la Sentencia de 25 de abril de 2022 cursante de fs. 121 a 125 debiendo la Empresa Unipersonal ALIMTECNO por intermedio de su representante cancelar a la actora la suma de Bs. 4.626,54 más la correspondiente actualización y multa del 30%.

I.4 Motivos del Recurso de Casación

Contra la decisión de segunda instancia, la empresa demandada interpone recurso de casación cursante de fs. 158 a 160, quien acusó que el auto de vista impugnado constituiría una resolución vulneradora de sus derechos identificando las siguientes infracciones en la forma y en el fondo:

Mostrando 21 de 41 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Jhoconda Mancilla Álvarez
Demandado
Empresa Unipersonal ALIMTECNO
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia25 de marzo de 2024AS/0131/2024Fuente oficial