Texto del fallo
SALA CIVIL
AUTO SUPREMO N° 133 Sucre, 26 de julio de 2004
DISTRITO : La Paz PROCESO: Compulsa
PARTES : Felisa Conde de Maydana y otra c/ Sala Civil Tercera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz
RELATOR: Ministro Dr. Armando Villafuerte Claros
VISTOS: El recurso de compulsa de fojas 22 y vlta., deducido por Felisa Conde de Maydana y Justina Margarita Conde, contra el auto denegatorio de concesión del recurso de casación pronunciado en fecha 5 de mayo de 2004 por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso ejecutivo seguido por Raul Sanga Quisbert contra las recurrentes, los antecedentes del testimonio y,
CONSIDERANDO: Que, el auto impugnado rechaza la concesión del recurso de casación interpuesto contra el auto de vista No. 119/04 de fecha 17 de marzo de 2004, corriente en folios 6 vlta. del testimonio adjunto, con el fundamento que la resolución recurrida no admite recurso de casación por disposición del art. 31 de la Ley No. 1760.
CONSIDERANDO: Del cuadernillo adjunto se infiere, que el auto denegatorio del recurso extraordinario de casación está pronunciado dentro de un proceso ejecutivo, en cuya virtud por mandato del art. 255-1) derogado parcialmente por el parágrafo II del art. 31 de la Ley No. 1760 de 28 de febrero de 1997, la impugnación extrordinaria contra el auto de vista pronunciado en alzada contra la sentencia, no es procedente.
En consecuencia, la negativa del tribunal ad quem es correcta y se ajusta plenamente a lo establecido por dicha normativa legal.
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