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TSJ

AS/0133/2007

Tribunal Supremo de Justicia
29 de enero de 2007Social 2daMag. Juan José González Osio
Proceso
Social.
Sala
Social 2da
Año
2007

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 133

Sucre, 29 de enero de 2.007

DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social.

PARTES: Juan Mamani Mallón c/ "Palacio de las Llantas".

MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio.

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VISTOS: El recurso de casación y nulidad de fs. 65-66, interpuesto por Valerio Andrés Quisbert Magne, Gerente Propietario del "Palacio de las Llantas", contra el auto de vista Nº 524 de 20 de diciembre de 2005 (fs. 61-62) pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro del proceso social seguido por Juan Mamani Mallón contra el recurrente, la respuesta de fs. 130-131, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia Nº 92 de 5 de agosto de 2005 (fs. 46-48), declarando probada en parte la demanda de fs. 3-4, sin costas, ordenando al propietario de la Empresa "El Palacio de las Llantas", pague a favor del actor la suma de Bs. 4.305,06.-, por concepto de aguinaldo, vacación, sueldo y horas extras.

En grado de apelación deducida por la parte demandada, por auto de vista Nº 524 de 20 de diciembre de 2005 (fs. 61-62), fue confirmada en todas sus partes la sentencia apelada, con costas.

Este fallo motivó el recurso de casación y nulidad (fs. 65-66), interpuesto por el Gerente Propietario de la empresa demandada, Haciendo una copia in extenso del recurso de apelación, concluye solicitando "se dicte auto supremo casando en el fondo y anulando el auto de vista".

CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, debe contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Cód. Pdto. Civ.; además de fundamentar por separado de manera precisa y concreta cuáles son las causas que motivan la casación en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

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Datos del proceso

Demandante
Juan Mamani Mallón
Demandado
"Palacio de las Llantas".
Proceso
Social.
Magistrado relator
Juan José González Osio
Tribunal Supremo de Justicia29 de enero de 2007AS/0133/2007Fuente oficial