Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA SEGUNDA
Auto Supremo N° : 133/2014
Fecha : Sucre, 10 de Junio de 2014
Distrito : Potosí
Expediente N° : 493/2009
Partes : Fanny Eyzaguirre Lozano de Cruz c/ Caja de Salud de Caminos R. A. Regional Tupiza
Proceso : Beneficios Sociales
Recurso : Casación
VISTOS: El Recurso de Casación en el Fondo y en la Forma de fs. 179 a 180 y vta., interpuesto por Edwin Marco Mendoza Villalpando, en representación de la Caja de Salud de Caminos R. A. Tupiza, contra el Auto de Vista Nº 79/2009 de 27 de julio de 2009 de fs. 173 a 175 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del Proceso Social por Pago de Beneficios Sociales seguido por Fanny Eyzaguirre Lozano de Cruz, contra la entidad recurrente, el Auto de fs.183 vta., que concede el Recurso de Casación, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el Proceso Laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Tupiza, Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí, dictó la Sentencia de Nº 05/2009 de 11 de mayo de 2009, de fs. 155 a 158, Declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 20 a 21, subsanada a fs. 24, con costas; disponiendo que la Caja de Salud de Caminos R. A Regional Tupiza, a través de su representante legal Walter Hugo Torrico Baptista, cancele a la demandante, Fanny Eyzaguirre Lozano de Cruz, dentro de tercero día, bajo prevenciones de Ley, lo que sigue:
Sueldo promedio Bs. 900.—
Desahucio 3 meses: Bs. 2.700.-
Indemnización por 2 años y 3 meses: Bs. 2.025.-
Vacaciones 2 gestiones: Bs. 900.-
Aguinaldo 2 años pago doble y duodéc. 3 meses: Bs. 3.850.-
Feriados 20 días pago triple: Bs. 1.800.-
Domingos pago triple 56 días: Bs. 5.040.-
TOTAL ADEUDADO Bs.16.315.-
Asimismo, dispone que el monto total sea actualizado en ejecución de Sentencia de conformidad al Decreto Supremo Nº 28699 de 1º de mayo de 2006.
En grado de Apelación, por Auto de Vista Nº 79/2009 de 27 de julio de 2009 de fs. 173 a 175 y vta., la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, CONFIRMA la Sentencia apelada, No. 05/2009 de 11 de mayo de 2009 de fs. 155 a 158; con costas.
Contra el referido Auto de Vista, la entidad demandada, interpuso Recurso de Casación en el Fondo y en la Forma, en el que esgrime los siguientes argumentos:
EN EL FONDO
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