Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 133/2024
Sucre, 22 de marzo de 2024
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
Expediente : 03/2024
Demandante : Liliam de la Caridad Hernández Cozo
Demandado : Empresa Kansas By Moloba S.R.L
Proceso : Beneficios Sociales
Distrito : Cochabamba
Relator :Mgdo. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación cursante de fojas 193 a 195 y vta., interpuesto por EMPRESA KANSAS BY MOLOBA S.R.L., contra el Auto de Vista Nº 112/2023 de 26 de junio de fojas 179 a 187 vta., emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; dentro del proceso laboral de pago de beneficios sociales, interpuesto por Liliam de la Caridad Hernández Cozo contra Empresa Kansas By Moloba S.R.L.; el escrito de respuesta al recurso de apelación por la demandante en fojas 199 a 200; el Auto N°03/2024-A de 03 de enero de 2024 de fojas 207 vta., mediante el cual se admite el referido recurso, los antecedentes del proceso y todo lo que en materia fue pertinente analizar:
CONSIDERANDO I.
I.1. Antecedentes del proceso.
I.1.1 Sentencia.
Planteada la demanda laboral de pago de beneficios sociales por Liliam de la Caridad Hernández Cozo, y tramitado el proceso, emitió la Sentencia de 15 de abril de 2021, declarando probada la demanda que cursa en fojas de fojas 156 a 160 vta.
Tramitado el proceso laboral de beneficios sociales, el Juez Primero de Partido del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justica de Cochabamba, emitió la Sentencia de 15 de abril de 2021 de fojas 156 a 160 vta., declarando PROBADA la demanda de beneficios sociales; en consecuencia, dispuso que la Empresa Kansa By Moloba S.R.L. a través de su representante legal, page a favor de Liliam de la Caridad Hernández Cozo, los derechos y beneficios sociales que corresponden, de acuerdo con la siguiente liquidación:
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 1.805
Tiempo de trabajo: 5 meses y 21 días
Indemnización: Bs. 857.26
Desahucio: Bs. 5.415
Salarios devengados (25 días): Bs. 1.504
Segundo Aguinaldo: Bs. 1.714,52
Incremento Salarial: Bs. 821.16
TOTAL: Bs. 10.311,94
Determinó finalmente, que, en ejecución de Sentencia, se dará aplicación a la multa del 30% prevista por el Decreto Supremo (DS) N° 28699 de 1 de mayo de 2006.
I.1.2. Auto de Vista.
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