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TSJ

AS/0133/2026

Tribunal Supremo de Justicia
28 de mayo de 2026Sala PlenaMag. Primo Martinez Fuentes
Proceso
Homologación de Sentencia de Divorcio Dictada en el Exranjero
Sala
Sala Plena
Año
2026

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Texto del fallo

SALA PLENA TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

AUTO SUPREMO N 133/2026

EXPEDIENTE N 45/2025

PROCESO :Homologación de Sentencia

PARTES Jacinto Choque Mamani contra Angélica

Choque Chipana

MAGISTRADO TRAMITADOR :Primo Martínez Fuentes.

FECHA :28 de mayo de 2026 VISTOS EN SALA PLENA: La demanda de homologación de sentencia de divorcio (fs.7) interpuesta por Jacinto Choque Mamani contra Angelica Choque Chipana y antecedentes del proceso.

CONSIDERANDO: Planteada la demanda de homologación de sentencia de divorcio (fs.7) ésta fue admitida y se ordenó la notificación a la demandada, Angelica Choque Chipana, habiendo la parte actora, recogido la provisión citatoria en fecha 19 de septiembre de 2025, tal cual consta en la nota de constancia de fs. 12 vta.

Desde la entrega de la provisión citatoria (fs. 12 vta.), la parte demandante no ha devuelto la provisión citatoria debidamente diligenciada, que era su obligación para impulsar el presente proceso de homologación de sentencia de divorcio.

La Disposición Transitoria Décima del CPC, determina que: Desde la publicación del presente Código y cada seis meses, la autoridad judicial de oficio deberá revisar los procesos de su juzgado y en su caso declarar la extinción por inactividad.

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Datos del proceso

Demandante
Jacinto Choque Mamani
Demandado
Angelica Choque Chipana
Proceso
Homologación de Sentencia de Divorcio Dictada en el Exranjero
Magistrado relator
Primo Martinez Fuentes
Tribunal Supremo de Justicia28 de mayo de 2026AS/0133/2026Fuente oficial