Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA I
AUTO SUPREMO No. 135-Social Sucre, 17 de Abril de 2002.
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Justo Franco Pinto c/ Waldemar Rojas Valverde.
RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 66 interpuesto por Waldemar Rojas Valverde contra el Auto de Vista de fs. 63 pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del juicio social seguido por Justo Franco Pinto contra el recurrente, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO: Que examinado el recurso, se advierte que el mismo resulta improcedente, en razón a que Waldemar Rojas, el recurrente, se limita a formular una brevísima relación del proceso e indicar que recurre de nulidad y de casación, cual si fuesen recursos distintos y acusar la violación de normas legales, sin citar en forma clara y precisa de que manera se hubiese producido tal infracción.
No estando cumplidos los requisitos previstos por el art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil y que inexcusablemente deben observarse a tiempo de presentar un recurso de nulidad o casación, éste Tribunal no puede abrir su competencia. Por lo que corresponde observar la norma prevista en el art. 272-2) del mismo cuerpo legal, de acuerdo con la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo.
Mostrando 8 de 15 parrafos.