Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 135
Sucre, 2 de abril de 2018
Expediente : 459/2017
Demandante : William Hernán Zeballos Gemio
Demandado : Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Proceso : Compensación de cotizaciones
Distrito : La Paz
Magistrado Relator : Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en el fondo, de fs. 139 a 142, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), representado por su Director General Ejecutivo Juan Edwin Mercado Claros, contra el Auto de Vista Nº 39/2016-SSA-I de 11 de marzo, de fs. 134 a 135, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del trámite de Compensación de Cotizaciones iniciado por William Hernán Zeballos Gemio; el Auto de 21 de marzo de 2017 (fs. 144), que concedió el recurso; el Auto Supremo Nº 459-A de 5 de octubre de 2017 (fs. 154), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto; los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Resolución de la Comisión de Nacional de Prestaciones.
Dentro del trámite de Compensación de Cotizaciones efectuado por William Hernán Zeballos Gemio, la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto mediante la Resolución Nº 4667 de 10 de julio de 2014, cursante a fs. 67, resolvió otorgarle el Formulario de Cálculo de Compensación de Cotizaciones Nº 37882, en el cual se consideró un monto de compensación de cotizaciones de Bs2.338,56.- (dos mil trecientos treinta y ocho 56/100 bolivianos), documento válido para tramitar su Certificado de Compensación de Cotizaciones por Procedimiento Manual, previa aceptación del mismo.
Resolución de la Comisión de Reclamación.
Ante la interposición del Recurso de Reclamación por el asegurado de fs. 103 a 105, el Directorio General Ejecutivo y el Jefe de la Unidad Jurídica del SENASIR, mediante Resolución de la Comisión de Reclamación Nº 118/15 de 23 de febrero de 2015, de fs. 116 a 119, confirmó el Auto Nº 4667 de 10 de julio de 2014, emitido por la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto, por encontrase resuelta conforme a disposiciones vigentes.
Auto de Vista.
En conocimiento de la determinación asumida por la Comisión de Reclamación, el asegurado interpuso recurso de apelación, cursante de fs. 126 a 127; que fue resuelto por Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Auto de Vista Nº 39/2016-SSA-I de 11 de marzo, de fs. 134 a 135, revocando la Resolución de la Comisión de Reclamación Nº 118/15 de 23 de febrero de 2015, dejando sin efecto la Resolución Nº 4667 de 10 de julio de 2014, emitida por la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto; disponiendo que el SENASIR efectué una nueva resolución de certificación de compensación de cotizaciones a favor del interesado, por el tiempo real y efectivo aportado en los servicios prestados activamente, todo en observancia de las consideraciones del Auto de Vista emitido.
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