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TSJ

AS/0135/2019

Tribunal Supremo de Justicia
28 de agosto de 2019Plena
Proceso
Recurso Jerárquico a Resolución de designación de suplencia legal.
Sala
Plena
Año
2019

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Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 135/2019.

FECHA: Sucre, 28 de agosto de 2019.

PROCESO: Recurso Jerárquico a Resolución de designación de suplencia legal.

PARTES: Interpuesto por Betty Sánchez La Fuente contra Ximena Katty Joaniquina Bustillos Presidenta del Tribunal Departamental de Justicia de Pando.

Pronunciado dentro del Recurso Jerárquico interpuesto por Betty Sánchez la Fuente contra la Presidenta del Tribunal Departamental de Justicia de Pando.

VISTOS EN SALA PLENA: El Recurso Jerárquico de fs. 27 a 32, interpuesto contra el auto de fecha 28 de enero de 2019 emitido por Sala Plena del Tribunal Departamental de Pando, de los antecedentes procesales; y

CONSIDERANDO I: Que, la Juez Público Mixto de Puerto Rico Sra. Betty Sánchez La Fuente, por Resolución de Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, de fecha 9 de enero de 2019 se le hace conocer la designación de suplencia legal para el Juzgado Público Mixto de la Localidad de Sena, debiendo tramitar las causas en ambos juzgados.

Resolución que fue notificada a la Juez, primero vía Whatsapp en fecha 10 de enero, luego de manera personal en fecha 16 de enero de 2019. Misma que, es impugnada por la Juez Dra. Betty Sánchez La Fuente en fecha 21 de enero de 2019, que mereció un pronunciamiento de la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante resolución de fecha 28 de enero de 2019, rechazando la impugnación interpuesta, manteniendo firme la Resolución de 9 de enero del año en curso. Por los motivos expuestos en su memorial presentado en fecha 26 de febrero de 2019, la Dra. Betty Sánchez La Fuente interpone Recurso Jerárquico contra la Resolución de fecha 28 de enero de 2019.

CONSIDERANDO II: Que, corresponde a este alto Tribunal Supremo de Justicia, someter los antecedentes y Recurso Jerárquico a una revisión minuciosa, siendo importante realizar las siguientes consideraciones:

Que, el recurso de revocatoria, conforme estipula el artículo 19 del Reglamento de Procedimiento Administrativo para la Sustanciación de los Recursos de Revocatoria y Jerárquico en los Entes del Órgano Judicial aprobado por Acuerdo de Sala Plena del Consejo de la Magistratura Nº 42/2018, está reservado al servidor jurisdiccional o administrativo afectado por el acto emitido, el mismo procederá contra las resoluciones o actos administrativos definitivos relativos a decisiones referidas al ingreso, promoción, retiro y otros de los funcionarios jurisdiccionales y administrativos que causen perjuicio al interesado y será interpuesto por el interesado, dentro del plazo de los tres días siguientes a la fecha de su notificación o comunicación de la Resolución o acto motivo de la impugnación, ante la autoridad que dictó la Resolución o acto Impugnado, así lo señala el artículo 20 del mismo reglamento.

Que, de la revisión de obrados del recurso de revocatoria o impugnación interpuesto por Betty Sánchez La Fuente, se infiere que, la resolución impugnada de fecha 9 de enero de 2019, fue notificada a la recurrente el día 10 de enero de 2019 a horas 08:29, así reza del comunicado enviado a su número de celular vía WhatsApp de fojas 11 y siguientes de obrados, medio por el cual se le dio a conocer la determinación de designarla como suplente legal del juzgado Público Mixto de la localidad del Sena, entendiéndose que a partir de esa fecha y hora le corría el plazo para interponer su recurso de revocatoria o impugnación, recurso presentado en fecha 21 de enero de 2019 a horas 08:46, tal cual se evidencia por actuado de fojas 4, siendo el mismo presentado fuera de plazo legal. No pudiendo objetarse por parte de la recurrente el cuestionar el medio por el cual se le hizo conocer la resolución impugnada, ya que contrariamente a lo reclamado, ésta en fecha 14 del mismo mes y año, emite decreto de señalamiento de audiencia dentro de un proceso penal que corresponde a un caso del juzgado del Sena, solicitando además su declaratoria en comisión para ese efecto; número de WhatsApp que no sólo se utilizó en esta oportunidad, si no en otras actuaciones administrativas que la jueza señaló para la comunicación o notificación de respuestas o solicitudes oficiales.

Siendo incuestionable que su recurso fue formulado de manera extemporánea, dejando caducar su derecho para interponer el mismo, pues fue presentado fuera del plazo máximo señalado en el artículo 20 del Reglamento de Procedimiento Administrativo para la Sustanciación de los recursos de Revocatoria y Jerárquico en los Entes del Órgano Judicial, o sea después de los tres días que no admiten prórroga ni restitución y que corren a partir del día siguiente hábil a aquel en que tenga lugar la notificación del acto de que se trate y concluye al comienzo de la primera hora del día siguiente a su vencimiento, situación que, fue observada por la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, que pese a resolver “rechazando la impugnación”, cuando lo correcto hubiese sido “desestimar el recurso de revocatoria por la interposición fuera de plazo”, efecto que conduce al mismo fin procedimental administrativo, situación de forma que, impide a este Tribunal resolver el asunto de fondo interpuesto.

POR TANTO.- La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el numeral 16) del artículo 38 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, así como los artículos 23 parágrafo III y 17 numeral 1) del Reglamento de Procedimiento Administrativo para la Sustanciación de los Recursos de Revocatoria y Jerárquico en los Entes del Órgano Judicial, resuelve CONFIRMAR TOTALMENTE la resolución recurrida de fecha 28 de enero de 2019, quedando incólume dicha resolución para su estricto cumplimiento.

Regístrese, notifíquese y archívese.

Fdo. José Antonio Revilla Martínez

PRESIDENTE

Fdo. María Cristina Díaz Sosa

DECANA

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Datos del proceso

Demandante
Interpuesto por Betty Sánchez La Fuente
Demandado
Ximena Katty Joaniquina Bustillos Presidenta del Tribunal Departamental de Justicia de Pando.
Proceso
Recurso Jerárquico a Resolución de designación de suplencia legal.
Tribunal Supremo de Justicia28 de agosto de 2019AS/0135/2019Fuente oficial