Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
Auto Supremo: No. 136
Fecha : Sucre, 01 de marzo de 2011
Expediente : Nro. 110/09
Distrito : La Paz
VISTOS: El proceso penal seguido por Wálter Costas Badani, contra Simón Antonio Avilés Montaño, por la comisión del delito de Cheque en descubierto y Giro defectuoso de Cheque, sancionado por los arts. 204 y 205 del Código Penal. Los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO: Que encontrándose el referido proceso penal, en estado de ejecución de sentencia, el imputado Simón Antonio Avilés Montaño, interpuso Acción de Libertad contra los Ministros Teófilo Tarquino Mújica y Ángel Irusta Pérez, Ministros de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quienes dictaron el Auto Supremo No. 308/2008 de 19 de septiembre de 2008, que rechazó la excepción de Prescripción planteada por el imputado y el Auto Supremo No. 197/2009 que declaró infundado el Recurso de Casación formulado. La Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, que resolvió la Acción de Libertad, mediante Resolución No. 91/09 de 10 de abril de 2009 dejó sin efecto el Auto Supremo No. 308/2009 referido así como todos los actuados posteriores a él y dispuso que los Ministros de la Sala Penal Primera del Supremo Tribunal de Justicia, pronuncien un nuevo Auto Supremo, resolviendo conforme a derecho, la excepción de prescripción deducida por el accionante; tomando en cuenta además lo decidido por el Tribunal Supremo en el A.S. No. 500/2006 dictado en el mismo proceso. Fallo de la acción de libertad, que se encuentra en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional.
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