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TSJReiteradora

AS/0137/2023

Tribunal Supremo de Justicia
10 de abril de 2023Social 2daMag. Maria Cristina Diaz Sosa

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Relación laboral / Alcances / Elementos que la definen

La parte parte recurrente aduce que elTribunal de Alzada, realiza una indebida valoración de las pruebas de cargo y descargo como ser la prueba testifical y el contrato de obra suscrito entre la empresa y el actor, que demuestran fehacientemente que la relación entre ambos no era de índole laboral s...

Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 2da
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA,

SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA

AUTO SUPREMO Nº 137/2023

Sucre, 10 de abril 2023

EXPEDIENTE : 76/2023

DEMANDANTE : Primo Salinas Ticona

DEMANDADO : Empresa Riveros Barbato Construcciones SRL

PROCESO : Beneficios Sociales

DISTRITO : La Paz

RELATORA : Mgda. María Cristina Díaz Sosa

I. VISTOS: El recurso de casación de fs. 298 a 305, interpuesto por Sergio Fernando Riveros Barbato en representación de la Empresa Riveros Barbatos Construcciones SRL, contra el Auto de Vista Nº 156/2022 de 23 de agosto de fs. 292 a 296., pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso por pago de beneficios sociales seguido por Primo Salinas Ticona contra la empresa recurrente, memorial de contestación de fs. 316 a 318, el Auto N° 15/2023 de 12 de enero, cursante a fs. 320 que concedió el recurso, Auto Supremo N° 76/2023-A de 15 de febrero de fs.329 y vta., de admisión y los antecedentes del proceso.

II. ANTECEDENTES PROCESALES

Sentencia

Tramitado el proceso laboral, el Juzgado Tercero de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió la Sentencia N° 36/2021 de 6 de enero, (fs. 250 a 254 vta.), declarando Probada en Parte, con costas, la demanda de fs. 6 a 9 vta., subsanada a fs. 12, ordenando a la Empresa Rivero Barbatos Construcciones SRL el pago de Bs. 26.459,39 (Veintiséis Mil Cuatrocientos Cincuenta y Nueve con 39/100 Bolivianos) por los siguientes conceptos:

Tiempo de Servicios de 15-09-2019 a 02-03-2019

1 año, 5 meses y 16 días

Salario Promedio Bs. 4.799,66.-

Indemnizable

Indemnización Bs. 7.012,82.-

Aguinaldo 2018 Bs. 4.799,66.-

Doble Aguinaldo Bs. 4.799.66.-

Vacación Bs. 3.359,76.-

Incremento Bs. 381,48.-

Multa 30% Bs. 6.106,01

Total.- Bs.26.459,39 (Veintiséis Mil Cuatrocientos Cincuenta y Nueve con 39/100 Bolivianos)

Auto de Vista

En grado de apelación deducida por ambas partes la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 156/2022 de 23 de agosto de fs. 292 a 296, resuelve, confirmando en parte la Sentencia N° 36/2021 de 6 de enero, ordenando a la Empresa Rivero Barbatos Construcciones SRL, cancelar la siguiente liquidación:

Tiempo de Servicios de 15-09-2019 a 02-03-2019

1 año, 5 meses y 16 días

Salario Promedio Bs. 4.799,66.-

Indemnizable

Indemnización Bs. 7.012,82.-

Aguinaldo 2018 Bs. 4.799,66.-

Doble Aguinaldo Bs. 4.799.66.-

Multa Doble Aguinaldo Bs. 4.799,66.-

Vacación Bs. 3.359,76.-

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Máxima

CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DE LA RELACIÓN LABORAL/Para que la relación entre el empleador y trabajador sea considerada como una relación de carácter laboral, deben concurrir las características esenciales que hacen a la relación laboral: la relación de dependencia y subordinación del trabajador respecto al empleador, la prestación de trabajo por cuenta ajena, la percepción de remuneración o salario, en cualquiera de sus formas y manifestaciones.

Datos del proceso

Demandante
Primo Salinas Ticona
Demandado
Empresa Riveros Barbato Construcciones SRL
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa

Precedente

Artículo 1 del Decreto Supremo 23570 de 26 de julio de 1993.

Tribunal Supremo de Justicia10 de abril de 2023AS/0137/2023Fuente oficial