Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO 137/2025
Sucre, 28 de abril de 2025
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES.
Expediente : 923/2024
Demandante : Alcira Ferrel Torrico de Villca
Demandado : Hoteles y Convenciones Deusthchalnd S.A.
“Hotel La Colonia”
Proceso : Beneficios Sociales
Relatora : Mgda. Norma Velasco Mosquera
I. VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por Hoteles y Convenciones Deusthchalnd S.A. “Hotel La Colonia” a través de su representante legal de fs. 155 a 157, impugnando el Auto de Vista 117/2024 de 5 de junio, pronunciado por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, de fs. 148 a 150 vta., dentro del proceso de Beneficios Sociales seguido por Alcira Ferrel Torrico de Villca contra la empresa recurrente; sin contestación al Recurso de Casación; el Auto de 11 de octubre de 2024 que concedió el recurso a fs. 160, el Auto Interlocutorio 679/2024 de 11 de noviembre, que admitió el recurso de fs. 165 a 166, y lo obrado en el proceso.
II. ANTECEDENTES PROCESALES
1. Sentencia
Tramitado el proceso laboral seguido por Alcira Ferrel Torrico de Villca contra la empresa recurrente, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social Segundo de la Capital del departamento de Cochabamba, emitió la Sentencia 37 de 10 de octubre de 2023 de fs. 132 a 136 vta., declarando PROBADA EN PARTE la demanda, con costas y costos disponiendo que la empresa demandada dentro de tercero día de ejecutoriada esta Sentencia pague la suma de Bs35.148,66 (treinta y cinco mil ciento cuarenta y ocho 66/100 bolivianos), en favor de la demandante; monto de la liquidación, más la correspondiente actualización y multa prevista por el art. 9 del Decreto Supremo (DS) 28699, por el retraso en el pago de los beneficios sociales.
2. Auto de Vista
Interpuesto el Recurso de Apelación por la empresa Hoteles y Convenciones Deusthchalnd S.A. “Hotel La Colonia” de fs. 138 a 139 vta., la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa, Contenciosa y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista 117/2024 de 5 de junio, de fs. 148 a 150 vta., resolvió CONFIRMAR la Sentencia 37, con costas y costos.
III. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Mediante memorial presentado el 25 de septiembre de 2024, la empresa demandada interpuso Recurso de Casación, exponiendo los siguientes argumentos:
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