Texto del fallo
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 139 Sucre 13 de marzo de 2003
DISTRITO: Oruro
PARTES: Guillermo González Lozano y otros c/ Santiago Zárate
Mamani y otra, estafa y estelionato.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 111-112, interpuesto por Santiago Zárate Mamani y Segundina Alanoca Mamani, impugnando el Auto de Vista de fs. 92-93 de fecha 24 de enero de 2003, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del juicio penal oral, público y contradictorio, seguido por el Ministerio Público y la acusación particular de Guillermo González Lozano y otra, contra los recurrentes, por el delito de estafa y estelionato; sus antecedentes; y
CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la normativa Procesal Penal vigente, el recurso de casación para ser admitido debe ser interpuesto cumpliendo con los presupuestos legales y requisitos establecidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal.
Que, del análisis del recurso señalado al exordio, se evidencia que el presupuesto legal contenido en los arts. 416 y 417 de la Ley N° 1970, que se refiere al precedente contradictorio, no fue invocado por los recurrentes a tiempo de interponer la apelación restringida de fs. 58-59, menos lo hacen en el recurso de casación, ni señalan la contradicción en términos precisos entre el Auto de Vista impugnado y algún precedente contradictorio, limitándose a acusar el quebrantamiento de las leyes sustantivas y adjetivas, como el art. 44 del Código Penal y a ofrecer como prueba algunas sentencias, Auto de Vista y Auto Supremo, sin especificar que es lo que quiere probar o demostrar con los mismos, aspectos que hacen inadmisible el recurso examinado.
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