Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Expediente Nº 112/06
AUTO SUPREMO Nº 143 - Reclamación Sucre, 07 de abril de 2008.
DISTRITO: La Paz
PARTES: Marina Espada Flores c/ SENASIR
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VISTOS: El recurso de casación de Fs. 265-264 interpuesto por Marina Espada Flores, del auto de vista de Fs. 259, No. 060/2006-SSA-II, dictado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior de La Paz, en el proceso administrativo de calificación de renta seguido por la recurrente con el Servicio Nacional del Sistema de Reparto - SENASIR; sus antecedentes, lo alegado por las partes, las infracciones acusadas, el dictamen fiscal de Fs. 285, y
CONSIDERANDO I: Que el Tribunal de Alzada por Auto de Vista de Fs. 259 confirma la Resolución de la Comisión de Reclamaciones No. 080/02 de 22 de mayo de 2002, cursante a Fs. 200-199, que confirma la No. 00129, emitida por la Comisión Calificadora de Rentas, fechada en 11 de enero de 2000, Fs. 132-131, que desestima la solicitud de Marina Espada Flores de otorgamiento de renta básica de vejez, pago global o pago global excepcional, en cuanto ella no cumple con los requisitos de densidad de cotizaciones y edad, como prevé los arts. 28 del Manual de Prestaciones y 45 del Código de Seguridad Social.
Auto de vista confirmatorio que se funda en el incumplimiento de los arts. 227 y 232 del Código de Procedimiento Civil, en la interposición del recurso de alzada, por la impetrante; del que se interpone el presente recurso de casación de Fs. 265-264, que se pasa a examinar.
CONSIDERANDO II: Que del análisis y conocimiento del aludido recurso se tiene que:
1. Está limitadoen su contenidoa la simple referencia y relación de antecedentes intrascendentes de su gestión para el reconocimiento de renta básica, al margen de la previsión del art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil.
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