Texto del fallo
SALA PLENA
144/2022
Sucre, 19 de octubre de 2022
9/2022
Homologación de Sentencia de Divorcio
Juan Carlos López Contreras
Lic. Esteban Miranda Terán
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de Homologación de Sentencia de divorcio impetrada por Juan Carlos López Contreras; el Decreto de 9 de febrero de 2022, de fs. 9; el Informe N° 14/2022-SCTRIA-SP-TSJ-IP de 26 de mayo, emitido por Secretaría de Sala Plena, de fs. 11; los antecedentes del proceso, todo lo que ver convino y se tuvo presente:
ANTECEDENTES PROCESALES:
Mediante memorial de fs. 6, Juan Carlos López Contreras interpuso demanda de Homologación de Sentencia de divorcio.
Por Decreto de 9 de febrero de 2022 de fs. 9, se dispuso que con carácter previo a disponer lo que en derecho corresponda, el impetrante deberá adjuntar, copia legalizada o autenticada de la Sentencia de Divorcio y certificación franqueada por autoridad competente que acredite la ejecutoria de dicha Sentencia, otorgando para el cumplimiento de lo señalado el plazo de 40 días calendario computadles a partir de su legal notificación, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la solicitud.
Conforme consta por la diligencia de fs. 10, el 11 de febrero de 2022, se notificó a Juan Carlos López Contreras con el Decreto de fs. 9.
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