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TSJ

AS/0145/2011

Tribunal Supremo de Justicia
18 de abril de 2011Civil IMag. Angel Irusta Pérez
Proceso
Sala
Civil I
Año
2011

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Texto del fallo

S A L A C I V I L

Auto Supremo: Nº 145. Sucre: 18 de Abril de 2011.

Expediente: Nº 12 - 11 - S.

Partes: Zelin Gómez Mendoza c/ Carmen Emilia Abularach Vaca

Distrito: Beni.

VISTOS: El memorial de fojas 564 y vuelta, presentado por Luís Alfredo Garrón Díaz en representación del demandante Zelin Gómez Mendoza, mediante el cual apersonándose formula desistimiento del recurso de casación de fojas 549 a 555 de obrados, dentro del proceso familiar de divorcio, seguido por el recurrente, contra Carmen Emilia Abularach Vaca, solicitando se acepte el desistimiento y se ordene la devolución de obrados al juzgado de origen.

CONSIDERANDO: Que, estando radicado la causa en éste despacho para la resolución del recurso de casación, mediante memorial de fojas 564 y vuelta de obrados, el demandante hoy recurrente Zelin Gómez Mendoza, a través de su representante Luís Alfredo Garrón Arias, formula desistimiento del recurso de casación de fojas 549 a 555 de obrados. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, tanto el recurso de apelación, como el de casación pueden ser desistidos por la parte que lo interpuso, lo que importa el consentimiento expreso y la ejecutoria de la Sentencia o del Auto de Vista, según sea el caso. Que, no obstante a que el impetrante señala en la suma del memorial desistimiento del proceso, de la revisión minuciosa de dicho memorial, se deduce sin lugar a dudas el desistimiento del recurso de casación, en consecuencia corresponde dar curso a lo solicitado sin más trámite, máxime si la demandada Carmen Emilia Abularach Vaca, conforme sale del memorial de fojas 565, señala no tener ninguna oposición al desistimiento del recurso de casación presentado por Zelin Gómez Mendoza.

POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo al artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, ACEPTA el desistimiento del recurso de casación interpuesto por Luís Alfredo Garrón Díaz en representación de Zelin Gómez Mendoza, de fojas 549 a 555. Con costas.

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Criterio

Estando radicado la causa en éste despacho para la resolución del recurso de casación, mediante memorial de fojas 564 y vuelta de obrados, el demandante hoy recurrente Zelin Gómez Mendoza, a través de su representante Luís Alfredo Garrón Arias, formula desistimiento del recurso de casación de fojas 549 a 555 de obrados. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, tanto el recurso de apelación, como el de casación pueden ser desistidos por la parte que lo interpuso, lo que importa el consentimiento expreso y la ejecutoria de la Sentencia o del Auto de Vista, según sea el caso. Que, no obstante a que el impetrante señala en la suma del memorial desistimiento del proceso, de la revisión minuciosa de dicho memorial, se deduce sin lugar a dudas el desistimiento del recurso de casación, en consecuencia corresponde dar curso a lo solicitado sin más trámite, máxime si la demandada Carmen Emilia Abularach Vaca, conforme sale del memorial de fojas 565, señala no tener ninguna oposición al desistimiento del recurso de casación presentado por Zelin Gómez Mendoza.

Datos del proceso

Demandante
Zelin Gómez Mendoza
Demandado
Carmen Emilia Abularach Vaca
Magistrado relator
Angel Irusta Pérez

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Elementos comunes de procedimiento / Conclusión extraordinaria del proceso / Desistimiento
Tribunal Supremo de Justicia18 de abril de 2011AS/0145/2011Fuente oficial