Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 145/2021
FECHA: Sucre, 29 de noviembre de 2021
EXPEDIENTE Nº: 44/2019
PROCESO: Homologación de Sentencia
PARTES: Elvira Valero Ugarte contra Edorin
Ramos Suruguay
MAGISTRADO TRAMITADOR: Dr. Juan Carlos Berrios Albizu
VISTOS EN SALA PLENA: La Solicitud de Homologación de Sentencia interpuesta por Elvira Valero Ugarte (fs. 84 y 85); la Sentencia de Divorcio de 26 de febrero de 2015, pronunciado por Susana Romero, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Santa Fe – Argentina (fs. 57); los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I: Al amparo del art. 24 de la Constitución Política del Estado (CPE) y arts. 502, 504 y 505 del Código Procesal Civil (CPC), Elvira Valero Ugarte solicita la Homologación de la Sentencia de Divorcio de 26 de febrero de 2015, pronunciado por Susana Romero, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Santa Fe – Argentina. Admitida la demanda por providencia de 18 de junio de 2018 (fs. 87), se dispone oficiar a la Dirección General de Migración, el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP) y el Servicio de Registro Cívico (SERECI), a efecto de establecer flujo migratorio y el domicilio ultimo domicilio de Edorin Ramos Suruguay. Remitidos los informes (fs. 94 y 98) y, no habiéndose establecido el domicilio del demandado, se dispone citar al demandado mediante edictos (fs. 103, 108 y 109), previo juramento de desconocimiento de domicilio (fs. 111); edictos judiciales adjuntos al proceso (fs. 113, 114 y 115). Ante la incomparecencia del demandado a estrados judiciales, se designó al abogado Aaron Abel Berazain Salazar, como su defensor de oficio (fs. 155), quien no planteó observación alguna a la demanda de homologación de sentencia y solicitó se emita resolución declarando lo que en derecho corresponda (fs. 165 y 166).
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